Reforma constitucional, Asamblea Constituyente y control judicial: Honduras (2009), Ecuador (2007) y Venezuela (1999)

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Los dos trabajos que hacen parte de esta obra se refieren a los procesos de reforma constitucional realizados en forma inconstitucional, tanto en Venezuela en 1999 como en Ecuador en 2007, y al fallido intento en Honduras en 2009, consistentes en la convocatoria por el Presidente de la República de una Asamblea Nacional Constituyente no prevista ni autorizada en la Constitución, luego de realizada la consulta popular (referendo consultivo) sobre el tema, para reformar la Constitución.El modelo, que fue utilizado por primera vez en el constitucionalismo contemporáneo de América Latina en Colombia en 1991, ha sido el resultado de contraponer dos principios fundamentales del constitucionalismo moderno: el principio de la supremacía constitucional (rigidez institucional) y el principio de soberanía soberanía popular (manifestación de la voluntad del pueblo).En el caso inicial colombiano, luego de que la Corte Suprema de Justicia resolvió el dilema, una Asamblea Nacional Constituyente plural pudo resolver la crisis política y sentar las bases de un nuevo constitucionalismo democrático. Ello contrastas con la desviación venezolana, donde una Asamblea Constituyente exclusionista, totalmente controlada por el poder ejecutivo, utilizando mecanismos democráticos en fraude a la propia Constitución, dio un golpe de Estado contra los poderes constituidos, y sin resolver la crisis política sentó las bases de un régimen autoritario, lo que ha conducido a la destrucción de la propia democracia. Fue de esta última experiencia de la cual surgió un nuevo modelo que se ha pretendido extender a otros países como Honduras, de ruptura del hilo constitucional supuestamente utilizando instituciones democráticas, el cual, sin embargo, en 2009 fue rechazado por la Corte Suprema de Justicia de ese país.El modelo, que fue utilizado por primera vez en el constitucionalismo contemporáneo de América Latina en Colombia en 1991, ha sido el resultado de contraponer dos principios fundamentales del constitucionalismo moderno: el principio de la supremacía constitucional (rigidez institucional) y el principio de soberanía soberanía popular (manifestación de la voluntad del pueblo).En el caso inicial colombiano, luego de que la Corte Suprema de Justicia resolvió el dilema, una Asamblea Nacional Constituyente plural pudo resolver la crisis política y sentar las bases de un nuevo constitucionalismo democrático. Ello contrastas con la desviación venezolana, donde una Asamblea Constituyente exclusionista, totalmente controlada por el poder ejecutivo, utilizando mecanismos democráticos en fraude a la propia Constitución, dio un golpe de Estado contra los poderes constituidos, y sin resolver la crisis política sentó las bases de un régimen autoritario, lo que ha conducido a la destrucción de la propia democracia. Fue de esta última experiencia de la cual surgió un nuevo modelo que se ha pretendido extender a otros países como Honduras, de ruptura del hilo constitucional supuestamente utilizando instituciones democráticas, el cual, sin embargo, en 2009 fue rechazado por la Corte Suprema de Justicia de ese país.En el caso inicial colombiano, luego de que la Corte Suprema de Justicia resolvió el dilema, una Asamblea Nacional Constituyente plural pudo resolver la crisis política y sentar las bases de un nuevo constitucionalismo democrático. Ello contrastas con la desviación venezolana, donde una Asamblea Constituyente exclusionista, totalmente controlada por el poder ejecutivo, utilizando mecanismos democráticos en fraude a la propia Constitución, dio un golpe de Estado contra los poderes constituidos, y sin resolver la crisis política sentó las bases de un régimen autoritario, lo que ha conducido a la destrucción de la propia democracia. Fue de esta última experiencia de la cual surgió un nuevo modelo que se ha pretendido extender a otros países como Honduras, de ruptura del hilo constitucional supuestamente utilizando instituciones democráticas, el cual, sin embargo, en 2009 fue rechazado por la Corte Suprema de Justicia de ese país.

Presentación

Reforma constitucional, asamblea nacional constituyente y control judicial contencioso-administrativo: el caso de honduras (2009) y el antecedente venezolano (1999)

I. Reformas constitucionales y cláusulas pétreas

II. El antecedente venezolano en 1999 de la consulta popular sobre la convocatoria de una Asamblea constituyente no prevista en la Constitución y la ambigua interpretación judicial por la jurisdicción contenciosa-administrativa

III. La propuesta del Presidente de la República de Honduras en 2009 para la realización de una consulta popular sobre la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente y su suspensión por la jurisdicción

IV. El desacato presidencial a las decisiones de la jurisdicción contenciosa-administrativa y sus consecuencias

V. El juez contencioso-administrativo como juez constitucional y la defensa de la democracia

El inicio del proceso constituyente en Ecuador en 2007 y las lecciones de la experiencia Venezolana de 1999 

Introducción 

I. Las vicisitudes políticas y jurídicas en los inicios del proceso constituyente en Ecuador en 2007

II. Aspectos medulares del proceso constituyente de Venezuela de 1999

III. Las secuelas del proceso constituyente de 1999 y el autoritarismo de 2007

TATIANA.


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LAW001000 LEY > Derecho Administrativo y Práctica Regulatoria
LAW001000 Derecho administrativo y administraciones públicas
  1. Nombre
    • Allan R. Brewer-Carias


    • Información de autor disponible próximamente.


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