¿Qué prohíben las normas de comportamiento ?

Una reflexión sobre las normas de conducta de los delitos resultativos. A la vez, un comentario crítico a la teoría analítica de la imputación.

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La cuestión de qué prohíben exactamente las normas de comportamiento que subyacen a los delitos resultativos es un asunto sujeto a controversia. La dogmática tradicional sostiene que ellas prohíben las acciones que preceden al resultado típico y sustenta en esa idea el examen de tipicidad. Los críticos de esta concepción sostienen en cambio que las normas de comportamiento prohíben únicamente la producción efectiva del resultado típico, y plantean que el deber de no hacer verdad el supuesto prohibido es el fruto de una necesidad de orden práctico. cuya infracción, en un modelo suficientemente perspicuo, debe ser claramente distinguida de la antinormatividad de la conducta. 

Luego de reconstruir la trama de esta disputa y sus consecuencias sistemáticas, el autor defiende en esta obra la idea de que el contenido de las normas de comportamiento debe ser determinado pragmáticamente, y al hilo de esta aseveración, concluye que las acciones potencialmente productivas del resultado típico deben entenderse prohibidas por dichas normas. El autor analiza también el método de determinación de deberes para la fase ex ante que ofrecen ambos modelos del delito y llega asimismo a la conclusión de que el modelo estándar es preferible al que proponen sus detractores. 

CONTENIDO
PRÓLOGO INTRODUCCIÓN 
I. LÍNEAS BÁSICAS DE LA DOCTRINA DE LA IMPUTACIÓN
II. FUNDAMENTOS DEL SISTEMA CLÁSICO DE IMPUTACIÓN A. Imputación y libertad 
B. Dolo y hecho 
C. Imputación extraordinaria 
D. El sistema del delito y los fundamentos de la imputación 
III. LA TEORÍA ANALÍTICA DE LA IMPUTACIÓN 
A. Estructura general 
B. Contenido de la norma de comportamiento  C. Imputación de primer y de segundo nivel 
D. Imputación de primer nivel y silogismo práctico 
E. Fundamentos de la distinción entre norma de comportamiento y evaluación del seguimiento normativo 
IV. ANÁLISIS DEL MODELO. CONCEPCIÓN DE LA NORMA DE COMPORTAMIENTO A. Aspectos generales B. Dos enfoques opuestos sobre el contenido de la norma 
C. Presupuestos de la TAI
D. Formulación o contenido locutivo de la norma de comportamiento 
E. Sobre la distinción entre las dimensiones locutiva e ilocutiva de la norma 
F. Sobre el contenido de los actos de habla normativos. Significado literal, significado pragmático y contenido de una proferencia 
G. Fundamento pragmático de la interpretación de una prohibición de estados de cosas como prohibición de las acciones previas al resultado 
V. SILOGISMO PRÁCTICO Y CONTENIDO DE LA NORMA 
A. Sobre el carácter práctico de un silogismo 
B. Carácter del método inferencial de la TAI Imposibilidad de deducir lo que no está afirmado en la premisa mayor 
C. Carácter de los criterios determinantes de una situación de cumplimiento 
VI. EL SILOGISMO PRÁCTICO COMO MÉTODO DE DEDUCCIÓN DE DEBERES DE ACTUACIÓN 
A. Explicación general 
B. La conformación de la premisa menor a partir de los conocimientos del agente 
C. Supuestos de apreciación correcta de las circunstancias 
D. La construcción de la premisa menor en supuestos de error. El silogismo práctico y la determinación del objeto de la imputación 
CONCLUSIONES 
BIBLIOGRAFÍA 



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LAW026000 LEY > Derecho penal > General
LAW026000 Derecho y procedimiento penal
  1. Nombre
    • Felipe de la Fuente Hulaud


    • Información de autor disponible próximamente.


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