Control de Constitucionalidad deliberativo.

El ciudadano ante la justicia constitucional, la acción pública de inconstitucionalidad y la legitimidad democrática del control judicial al legislador

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"En este libro, Jorge Ernesto Roa Roa nos muestra las posibilidades de establecer mediaciones entre la filosofía y el derecho. Él se acerca a la mejor literatura iusfilosófica contemporánea para entender la razón de ser de la justicia constitucional, así como para sopesar las objeciones que se le pueden oponer. Al mismo tiempo, nuestro autor tiene un perfecto conocimiento del origen y evolución del sistema constitucional colombiano, y de los problemas a los que se enfrenta en diversos campos. Jorge Ernesto Roa Roa combina con tino la teoría constitucional y el derecho constitucional positivo". 
Víctor Ferreres Comella 
Universidad Pompeu Fabra y University of Texas at Austin

"Es un magnífico análisis crítico sobre la acción pública de inconstitucionalidad desde el punto de vista de la democracia deliberativa. Recomiendo su lectura a académicos y abogados en toda América Latina y España". 
Carlos Bernal Pulido Magistrado de la Corte Constitucional de Colombia

The present work studies the elements of the legal institution that we have indicated. To this end, a definition of this figure is established and its characteristics, its foundation and its limit are identified. In addition, the main coordination mechanisms used are described. Throughout this study, we will delve into the competition that gives rise to coordination, the effects it produces on the powers of local entities and the guarantees that would operate as a limit to the violation of local autonomy.

PRÓLOGO Víctor Ferreres Camella 
AGRADECIMIENTOS
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
MODELOS DE ACCESO AL CONTROL JUDICIAL DE LA LEY EN EL DERECHO CONSTITUCIONAL COMPARADO 
1. El déficit de atención sobre los mecanismos de acceso al control de constitucionalidad 
2. Acceso amplio o popular 
2.1. El acceso de todas las personas al control de constitucionalidad mediante la actio popularis 
2.2. La ciudadanía como requisito de acceso al control de constitucionalidad: la acción pública 
2.3. Acceso directo condicionado al cumplimiento de algunos requisitos de procedibilidad 
3. Acceso interesado abstracto y concreto 
3,1. Acceso interesado al control concentrado de constitucionalidad
3.2. El control difuso de constitucionalidad como mecanismo de acceso interesado a la justicia constitucional 
4. Acceso colectivo u organizado 
4.1. El acceso colectivo al control de constitucionalidad
4.2. El acceso organizado al control de constitucionalidad 
5. Acceso por intermedio de funcionarios
5.1. El riesgo de politización de la justicia 
5.2. El traslado del debate político a la justicia constitucional y la elitización de la defensa de la Constitución 
6. Apuntes finales sobre los modelos de acceso a la justicia constitucional  CAPÍTULO SEGUNDO 
EL DISEÑO INSTITUCIONAL DE LA ACCIÓN PÚBLICA DE CONSTITUCIONALIDAD EN COLOMBIA 
1. La acción pública de constitucionalidad 
2. Legitimación activa 
3. Requisitos de la demanda 
4. Procedimiento 
5. Herramientas deliberativas: conceptos de la Procuraduría General de la Nación, intervenciones ciudadanas y participación de instituciones especializadas 
6. La sentencia y la cosa juzgada 
7. Los efectos en el tiempo de la sentencia de constitucionalidad 
8. Sentencias inhibitorias 
9. Salvamentos y aclaraciones de voto 
CAPÍTULO TERCERO 
OBJECIONES FUNCIONALES AL ACCESO DIRECTO DE LOS CIUDADANOS AL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD 
1. El ideal kelseniano de acceso directo al control de constitucionalidad y las dos objeciones funcionales a la apertura del tribunal constitucional a la ciudadanía 
2. El riesgo de las demandas temerarias 
1.1. La temeridad en la teoría general del proceso 
1.2. La temeridad en las acciones públicas de constitucionalidad
1.2.1. Demandas presentadas sin fundamento jurídico 
1.2.2. Demandas presentadas con el fin de satisfacer un interés contrario a la Constitución del cual es titular el demandante
1.2.3. Demandas presentadas con el fin de perjudicar a un tercero
1.2.4. Demandas contra normas previamente revisadas por la Corte Constitucional 
1.2.5. Demandas contra normas que se encuentran bajo estudio de la Corte Constitucional 
1.2.6. Demandas presentadas por quien no tiene legitimidad para hacerlo 
1.3. La in admisión como remedio frente a la temeridad 
3. La potencial superación de la capacidad de trabajo razonable de la Corte Constitucional 
3.1 El contenido concreto de la objeción funcional y la paradoja de la eficacia del sistema de control de constitucionalidad 
3.2 Las consecuencias de la superación de la capacidad de respuesta de la Corte Constitucional: remedios equivocados 
4· La duración razonable del proceso de control de constitucionalidad
4.1. La duración del proceso de revisión judicial de la ley en el derecho constitucional comparado 
4. La duración razonable del proceso de constitucionalidad según la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 
5. La capacidad de trabajo razonable y la (im)pureza de la Corte Constitucional 
5·1. El criterio funcional 
5.2. El criterio cuantitativo 
5.3. La proximidad con la aplicación del derecho ordinario 
5.4 El grado concreto de (im)pureza de la Corte Constitucional 
6. El aumento de la tasa de inconstitucionalidad 
6.1. El concepto y la fórmula de la tasa de inconstitucionalidad 
6.2. La responsabilidad del legislador en la tasa de inconstitucionalidad y el efecto disuasorio del control de constitucionalidad 
7· Una respuesta común: el sistema de filtros mediante la cualificación de los argumentos de la demanda 
7.1 Los argumentos de la demanda como eje central del sistema de filtros del proceso de acción pública de constitucionalidad 
7.2 La interpretación pro aaione del sistema de filtros 7.3  La privatización o elitización de la acción pública de constitucionalidad y el uso manipulativo del sistema de filtros por parte de la Corte Constitucional 
7.4 Una defensa del sistema de filtros como racionalizador del acceso directo al control de constitucionalidad 
8. El equilibrio entre la amplia legitimación activa, los requisitos de la demanda y la posibilidad de sentencias inhibitorias 
CAPÍTULO CUARTO 
EL ACCESO DIRECTO DE LOS CIUDADANOS A LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL COMO RESPUESTA AL PROBLEMA DE LA LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA DEL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD 1. La dimensión representativa de la objeción contramayoritaria al control de constitucionalidad 
1.1. La legitimidad de origen de los jueces constitucionales 
1. 1. 1. La participación ciudadana directa en la elección de los jueces constitucionales 1.1.2. La insuficiencia de la elección directa de los miembros del tribunal constitucional 
1.2. La democracia procedimental, la apertura de los canales del cambio político y la protección de las minorías insulares
1.2.1. Los jueces como agentes externos con experticia en aspectos procedimentales 
1.2.2. Los problemas de la defensa basada en la democracia procedimental 
1.3. La intervención judicial para asegurar el valor epistémico de la democracia deliberativa y la eficacia de las decisiones legislativas
1.4. El control de constitucionalidad en la teoría dualista de la democracia 
1.4.1. Monismo y dualismo constitucional: momentos de política ordinaria y momentos de política constitucional
1.4.2. El control de constitucionalidad en el monismo y en el dualismo constitucional 
2. El proceso de control de constitucionalidad como un escenario de representación argumentativa o deliberativa 2.1. El control de constitucionalidad como un espacio para la representación argumentativa 
2.1.1. Representación argumentativa y ponderación: la centralidad de la fórmula del peso 
2.1.2. Objeciones a la ponderación y a su relación con la representación argumentativa 
2.2. La representación argumentativa y el control de constitucionalidad como un paradigma de la conversación socrática 
2.2.1. El control de constitucionalidad como una conversación socrática 
2.2.2. Conversación socrática, control de constitucionalidad y acción pública de constitucionalidad 
2.3. Los jueces constitucionales como representantes meritocráticos
2.3.1. El concepto de representación meritocrática como remedio a los desequilibrios en la capacidad de influencia de los ciudadanos 
2.3.2. Control de constitucionalidad y representación meritocrática
2.4. Justicia constitucional y representación deliberativa: la efectividad del principio de igual dignidad política 
2.4.1. El juez constitucional como una autoridad deliberativa 
2.4.2 El acceso directo de los ciudadanos al control de constitucionalidad como puerta de ingreso a la autoridad deliberativa 
2.5. Representación deliberativa, argumentativa o meritocrática y acción pública de constitucionalidad 
2.5.1. El riesgo de instrumentalización hegemónica del mecanismo de representación argumentativa o deliberativa 2.5.2. El acceso directo a la representación argumentativa frente al riesgo de la instrumentalización hegemónica del control de constitucionalidad 
3. La acción pública de constitucionalidad como mecanismo de representación de intereses públicos y de terceros 
3.1. La diferencia entre la apertura formal y el acceso efectivo al control de constitucionalidad 
3.2. La acción pública de constitucionalidad y la representación de intereses de terceros 
4. La acción pública de constitucionalidad y la ciudadanía (consti tucionalmente) militante 
4.1. El ciudadano como defensor de la Constitución frente al legislador
4.2. La acción pública de constitucionalidad y la movilización de la ciudadanía militante 
5. El ciudadano como defensor de la democracia frente al constitucionalismo abusivo 
5.1. El constitucionalismo abusivo: respuestas débiles e insatisfactorias
5.1.1. La instrumentalización de la rigidez constitucional 
5.1.2. La ineficacia de la democracia militante y las cláusulas democráticas frente a la sutileza del constitucionalismo abusivo
5.1.3. Rigidez escalonada y control de constitucionalidad del cambio constitucional 
5.2. La acción pública de constitucionalidad como instrumento contra el constitucionalismo abusivo CAPÍTULO QUINTO EL DISEÑO INSTITUCIONAL DE LA ACCIÓN PÚBLICA DE CONSTITUCIONALIDAD EN COLOMBIA Y LA LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA DEL COTROL DE CONSTITUCIONALIDAD 
1. El proceso judicial de constitucionalidad como un escenario de deliberación pública de calidad 
1.1. Los tribunales constitucionales como escenarios deliberativos 
1.2. Estándares de deliberación dentro de la justicia constitucional
1.3. El potencial deliberativo del sistema colombiano de control de constitucionalidad 
1.4. La relación de la justicia constitucional con la deliberación interna y con la deliberación externa 
1.5. La acción pública de constitucionalidad aumenta el potencial deliberativo interno de la Corte Constitucional de Colombia
1.6. La acción pública de constitucionalidad aumenta el potencial deliberativo externo de la Corte Constitucional de Colombia 
2. El control ciudadano fuerte sobre la agenda de la Corte Constitucional como compensación del control ciudadano débil sobre la agenda del legislador 
2.1. El control ciudadano fuerte sobre la agenda de la Corte Constitucional 
2.1.1. El autocontrol de la agenda constitucional, las virtudes pasivas y el minimalismo judicial 
2.1.2. Objeciones al autocontrol judicial de la agenda constitucional
2.2. La acción pública de constitucionalidad compensa la ineficacia de la iniciativa legislativa popular y el control ciudadano débil sobre la agenda del legislador 
3. La acción pública como un instrumento de reequilibrio del poder en el contexto del hiperpresidencialismo latinoamericano 
3.1. El rol de la justicia constitucional para contener el hiperpresidencialismo 
3.1.1. La justicia constitucional frente a los abusos por acción del Gobierno: los límites a los estados de excepción
3.1.2. La justicia constitucional frente a los abusos por omisión del Gobierno: la protección de los derechos sociales 
3.2. El acceso directo de los ciudadanos a la justicia constitucional como mecanismo de contención del hiperpresidencialismo
3.2.1. El acceso directo a la justicia constitucional para garantizar un nivel adecuado de independencia de la Corte Constitucional
3.2.2. La acción pública de constitucionalidad frente a la reducción de la deliberación parlamentaria 
3.2.3. La acción pública de constitucionalidad frente a la tendencia del presidente a perpetuarse en el poder 
3.2.4. El acceso directo de los ciudadanos al control de constitucionalidad contra la cooptación del poder legislativo
3.2.5. La acción pública de constitucionalidad y la limitación de los poderes presidenciales de mantenimiento del orden público 
3.2.6 La acción pública de constitucionalidad y la independencia de los órganos de control 3.2.7. La acción pública de constitucionalidad y la autonomía territorial 
3.3. Los límites de la justicia constitucional para enfrentar el hiperpresidencialismo 
4. La justicia frente al Gobierno y el ciudadano dentro de la sala de máquinas del constitucionalismo latinoamericano 
4.1. La justicia frente al Gobierno sin el ciudadano ante la justicia constitucional 
4.2. El acceso directo de los ciudadanos al control de constitucionalidad como una incursión significativa en la sala de máquinas del constitucionalismo latinoamericano 
CAPÍTULO SEXTO 
EL MODELO COLOMBIANO DE JUSTICIA CONSTITUCIONAL FRENTE A LA CRÍTICA DE JEREMY WALDRON AL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD 
1. La crítica de Jeremy Waldron en contra de la revisión judicial de las leyes 
1.1. El objeto limitado de la crítica: el control fuerte de constitucionalidad de las leyes de carácter posterior y la irrelevancia de los resultados 1.2. Las cuatro condiciones de aplicación de la crítica: el core of the case
1.3. El argumento en contra de la revisión judicial de las leyes: Waldron a favor del legislador 
1.3.1. Argumentos basados en los procedimientos
1.3.2. Argumentos basados en los resultados 1.4. Waldron en contra de los jueces: los errores de cinco argumentos favorables al control de constitucionalidad 
1.4.1. La mayor legitimidad democrática del texto constitucional en relación con las leyes ordinarias 1.4.2. La Constitución como un precompromiso 
1.4.3. La reforma constitucional como respuesta al control de constitucionalidad de las leyes 
1.4.4. El proceso de elección de los jueces del tribunal constitucional
1.4.5. Los elementos participativos del proceso de control de constitucionalidad 
2. La acción pública de constitucionalidad y el core of the case: Jeremy Waldron en Bogotá 
2.1. El dilema waldroniano: a mayor grado de exigencia del core ofthe case, menor alcance del ataque al control de constitucionalidad 2.2. El sistema democrático colombiano como un non core case
2.2.1. El contexto frente a la importación acrítica de la teoría estándar adversa al control de constitucionalidad
2.2.2. El sistema político colombiano fuera de la sociedad ideal waldroniana 
2.3. La acción pública de constitucionalidad a salvo de! core of the case
2.3.1. La sobre protección de los derechos frente a la infraprotección de los derechos 
2.3.2. Limitaciones epistémicas de la democracia: los puntos ciegos y las cargas de inercia del legislador y del Gobierno 
CAPÍTULO SÉPTIMO 
LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y LOS MODELOS DE CONSTITUCIONALISMO DÉBIL 
1. El constitucionalismo fuerte y el constitucionalismo débil
1.1. Las fórmulas del constitucionalismo fuerte y del constitucionalismo débil 
1.2. Fundamentos de los modelos fuertes y débiles de control de constitucionalidad 
1.2.1. Constitucionalismo débil y legitimidad democrática del control de constitucionalidad 
1.2.2.Constitucionalismo débil y perspectiva dialógica 
1.2.3. Constitucionalismo débil y protección cooperativa de los derechos 
1.3. Instrumentos de los modelos débiles de control de constitucionalidad 
1.4 Reacciones democráticas a las decisiones judiciales 
1.4.1. Nueva Zelanda: e! Bill of Rights Act y e! control de constitucionalidad mediante la interpretación conforme y el sistema de mandatos interpretativos 1.4.2. Reino Unido: la Human Rights Act y el control de constitucionalidad mediante la interpretación conforme y las declaraciones de incompatibilidad 
1.4.3. Canadá: la Canadian Charter of Rights and Freedoms y el modelo dialágico mediante la cláusula 'no obstante'
1.5. Reacciones tecnocráticas a las decisiones judiciales 
1.6. Modelos débiles y fuertes de constitucionalismo y el núcleo del argumento contra el judicial review 
2. El modelo colombiano de control de constitucionalidad: ni tan fuerte, ni tan débil 
2.1. Colombia y la fórmula del constitucionalismo fuerte 
2.1.1. La prohibición expresa de respuestas legislativas ordinarias
2.1.2. El control de las reformas constitucionales por vicios de procedimiento 
2.1.3. El control de las reformas constitucionales mediante la doctrina de la sustitución de la Constitución 
2.1.4 Las sentencias integradoras, las decisiones estructurales y el estado de cosas inconstitucional: tomar la palabra ante el silencio de los demás poderes del Estado 
2.1.5. La existencia de un sistema mixto de control de constitucionalidad 
2.2. un espacio para el constitucionalismo débil en Colombia
2.2.1. La rigidez efectiva de la Constitución de I99I es menor que su rigidez formal 
2.2.2. El carácter rogado y el término de caducidad del juicio de sustitución 
2.2·3. La utilización del modelo bilateral de reparación de la discriminación normativa y el sistema de exhortos al Congreso
2.2.4 La aplicación del principio in dubio pro legislatore y la presunción de constitucionalidad de las leyes 
2.25. La defensa de la ley en los escenarios deliberativos y el incidente de impacto fiscal contra decisiones de (in)constitucionalidad: el activismo dialógico 3. La legitimidad democrática de la justicia constitucional y los límites al constitucionalismo débil en Colombia
3.1. Modelos débiles o fuertes y legitimidad democrática
3.2. Los límites al constitucionalismo débil en Colombia 
CAPÍTULO OCTAVO EL ACCESO DIRECTO DE LOS CIUDADANOS AL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAÓ y LA SUBSIDIARIEDAD DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS 
1. La responsabilidad de los Estados por la expedición y la aplicación de normas contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos 
2. Los mecanismos de control abstracto de constitucionalidad y las violaciones a los derechos humanos por la expedición o la aplicación de normas contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos 
3. La acción pública de constitucionalidad y las violaciones a los derechos humanos por la expedición de leyes contrarias a la Convención Americana sobre Derechos Humanos: hacia la subsidiariedad material de la Corte Interamericana 
3.1. La idoneidad del acceso directo al control abstracto de constitucionalidad frente a: los demás modelos de acceso, el control difuso y los recursos de amparo 
3.2. Las ventajas para los individuos derivadas del modelo de acceso directo al control abstracto de constitucionalidad
3.3. Los Estados se benefician del modelo de acceso directo al control abstracto de constitucionalidad 
3.4. Subsidiariedad efectiva y menos casos para el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos 
4. La acción pública de constitucionalidad y el control de convencionalidad de alta intensidad 
4.1. Los tres instrumentos del mecanismo institucional interamericano para la solución de antinomias: interpretación conforme, principio pro persona y control de convencionalidad
4.2. Control de convencionalidad y control de constitucionalidad 
4.3. El sistema mixto de control de constitucionalidad, el acceso directo a la justicia constitucional y el control de convencionalidad 
5. La acción pública de constitucionalidad como un instrumento para el diálogo entre tribunales 
EPÍLOGO 
UN ARGUMENTO A FAVOR DEL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD: EL CIUDADANO ANTE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL 
BIBLIOGRAFÍA CITADA 
TABLA DE CASOS 

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LAW018000 LEY > Constitucional
LAW018000 Constitución
LAW018000 Sociología y Antropología > Ley > Derecho constitucional y administrativo
  1. Nombre
    • Jorge Ernesto Roa Roa


    • Es docente e investigador del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia. Docente de Derecho Constitucional en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Investigador invitado de la Universidad de Trento (Italia) y del Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law (Alemania).


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