La responsabilidad extracontractual por el hecho del dependiente del artículo 2349 del Código Civil colombiano

Seleccione un formato
eBook
$13.000
Acceso online + offline
Impreso
$21.000
1 Unidad disponible
Recibe de 1 a 3 días hábiles

Este texto es un análisis de la responsabilidad civil extracontractual por el hecho del dependiente en Colombia con base en el cual se pretendió analizar, en primer lugar, si el régimen de responsabilidad contenido en el artículo 2349 de nuestro Código Civil es de carácter subjetivo u objetivo, para más adelante profundizar sobre dos aspectos relevantes para la teoría de la responsabilidad civil extracontractual: el fundamento de la institución objeto de estudio y la carga probatoria que las partes del caso concreto deben asumir. 


Al estudiar la doctrina colombiana del siglo XX hasta la más reciente, y la jurisprudencia que la Corte Suprema de Justicia ha proferido sobre este tema, desde la llamada Corte de Oro hasta la actualidad, se observó la falta de análisis y estudio que existe en Colombia en relación con esta materia. Debido a lo anterior, mediante esta investigación se buscó dar una respuesta a los aspectos mencionados antes. 

AGRADECIMIENTOS 
INTRODUCCIÓN  CAPÍTULO 1 • LA RESPONSABILIDAD POR EL HECHO AJENO: EL CASO ESPECIAL DE LA RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DEL DEPENDIENTE. PERSPECTIVAS DE LA DOCTRINA COLOMBIANA, CHILENA Y FRANCESA 
1. Responsabilidad civil por el hecho ajeno, indirecta o refleja: breve introducción 
1.1. Concepto: estructura tripartita que escinde  al civilmente responsable del autor material del daño 
1.2. Elementos: presupuestos necesarios para el surgimiento jurídico de la responsabilidad por el hecho ajeno 
1.3. La presunción de culpa en cabeza del civilmente responsable: fundamentos de la responsabilidad por el hecho ajeno. ¿La culpa o el riesgo? 
1.3.1. ¿Un fundamento subjetivo?: culpa in eLigendo y culpa in vigilando 
1.3.2. ¿Un fundamento objetivo?: el riesgo de tener bajo dependencia personas bajo cuidado o por las cuales se debe responder 
1.3.3. ¿De regreso a un régimen subjetivo?: poder de control y dirección 
1.4. Personas llamadas a responder por los hechos de otros: ¿lista taxativa o enunciativa? Diferencias entre el derecho colombiano y el derecho chileno respecto del derecho francés 
1.5. ¿Reembolso de lo pagado por el civilmente responsable?: justificación o injustificación de este recurso en el derecho civil colombiano 
2. La responsabilidad de los comitentes por los hechos dañinos cometidos por sus dependientes: una especie contenida dentro de la categoría general de la responsabilidad indirecta 
2.1. Origen histórico: perspectivas del derecho romano y del derecho real castellano 
2.2. Concepto: la relación de subordinación como punto de partida 
2.3. Estructura de la responsabilidad por el hecho del dependiente: elementos imprescindibles desde la óptica doctrinal 
CAPÍTULO 2 LA RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DEL DEPENDIENTE EN COLOMBIA: PERSPECTIVA LEGAL, DOCTRINARIA Y JURISPRUDENCIAL 
1. Concepción legal: interpretación del artículo 2349 del Código Civil colombiano 
1.1. Antecedentes históricos 
1.1.1. Proyectos del Código Civil de Andrés Bello: diferencias con el Código Civil francés en punto de la responsabilidad por el hecho del dependiente 
1.1.2. Recepción del Código Civil de Andrés Bello en Colombia: modificaciones introducidas por el Estado de Santander 
1.2. Artículo 2349 del Código Civil colombiano: objeto de la responsabilidad extracontractual por el hecho del dependiente y límites de esta. Contenido y alcance 
1.2.1. ¿Responsabilidad por hecho o culpa del dependiente? ¿Prueba del hecho de la culpa del dependiente? 
1.2.2. Límites de la responsabilidad del comitente: daños ocurridos con ocasión del servicio prestado por el dependiente 
2. Posición de la doctrina colombiana frente al régimen de responsabilidad previsto por el artículo 2349 del Código Civil 
2.1. Posición mayoritaria: se presume la culpa del comitente y que dicha culpa fue la causa del daño 
2.1.1. Fundamentos doctrinarios del régimen de responsabilidad por el hecho del dependiente: la representación, la culpa in eLigendo y/o in vigilando y la garantía de solvencia para la víctima 
2.1.1.1. Representación: el encargado como una prolongación del comitente 2.1.1.2. Culpa in eligendo y/o culpa in vigilando: un ir y venir 
2.1.1.3. Garantía de solvencia para la víctima: en defensa y protección de su derecho a ser efectivamente indemnizada por los daños sufridos 
2.2. Posición minoritaria: ¿régimen completamente objetivo basado en el riesgo? 
3. Posición frente a la responsabilidad por el hecho del dependiente en la jurisprudencia civil de la Corte Suprema de Justicia 
3.1. Fundamentos jurisprudenciales del régimen 
de responsabilidad por el hecho del dependiente: entre la culpa in eligendo, la culpa in vigilando, el riesgo y el poder de control y dirección 
3.1.1. Primera posición (1939-1953): culpa in eligendo o culpa in vigilando como un juicio de reproche al comitente por el incumplimiento de sus obligaciones 
3.1.2. Segunda posición (1958-1985): la culpa in vigilando como único fundamento 
3.1.3. Tercera posición (1968): el riesgo como planteamiento aislado 
3.1.4. Cuarta posición (1994): un regreso a la culpa in eligendo o in vigilando 
3.1.5. Quinta posición (2005): ¿poder de control y dirección o culpa in vigilando? 
3.2. Responsabilidad extracontractual de las personas jurídicas: ¿responsabilidad por los actos propios o por los actos de los dependientes? 3.3. La culpa del dependiente: ¿prueba necesaria? CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA 

eBook

Impreso

LAW011000 LEY > Ley civil
LAW011000 Sistemas jurídicos: códigos civiles / derecho civil
  1. Nombre
    • Málory Zafra Sierra


    • Información de autor disponible próximamente.


Escribir su propia opinión
Solo usuarios registrados pueden escribir comentarios. Por favor, iniciar sesión o crear una cuenta

Publicaciones relacionados