INDICE GENERAL
RESUMEN
PRÓLOGO
ABREVIATURAS Y SIGLAS
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO 1
CONCEPTO Y CARACTERíSTICAS DE LA RELACIÓN INTERADMINISTRATIVA
DE COORDINACIÓN
I.Definición de la relación interadministrativa de coordinación
1.Las diferentes acepciones de la voz «coordinación»
1.1. Pluralidad de acepciones que se utilizan para referirse a la
coordinación
en un lenguaje técnico-jurídico
en el ordenamiento jurídico italiano
1.2. Pluralidad de acepciones que se utilizan para referire a la
coordinación
en un lenguaje técnico-jurídico
en el ordenamiento jurídico español
A.El estudio de la coordinación previo a la Constitución de 1978
B.El estudio de la coordinación posterior a la CE y
la LRBRL
1.3. La coordinación como principio jurídico en la organización
administrativa
1.4. La diferencia del principio de organización administrativa
con la relación interadministrativa de coordinación y con
la competencia para habilitar su
ejercicio
2.La relación interadministrativa de coordinación que tiene por
destinatario a un gobierno local
2.1. Presupuesto: estudio de la relación interadministrativa
de coordinación que tiene por destinatario a gobiernos
locales y no a otras administraciones públicas
2.2. La relación interadministrativa de coordinación en la
jurisprudencia española
A.Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
B.Jurisprudencia del Tribunal Supremo
2.3. Nuestro concepto de la relación interadministrativa
coordinación que tiene
por destinatario a gobiernos
locales
II.Características de la relación interadministrativa de
coordinación que tiene por destinatario a gobiernos locales
1.Relación que se entabla entre administraciones públicas
2.Administraciones públicas calificadas: gobierno local y una
administración
pública de un nivel territorial superior a aquél
3.Inicia a partir de la competencia atribuida en la ley
4.Otorga un poder de dirección
5.Intereses concurrentes entre administración pública y gobierno
local
6.Incide sobre una competencia propia del gobierno local
III. Diferencias entre la coordinación y otras relaciones
ínteradministrativas
que tienen la misma naturaleza jurídica
1.Naturaleza jurídica de la relación interadministrativa
de coordinación
2.Diferencias con la cooperación
3.Diferencias con el control
4.Diferencias con la jerarquía
CAPÍTULO 2
FUNDAMENTO y FINALIDAD DE LA COORDINACIÓN:
LA ALINEACIÓN Y COHERENCIA DEL SISTEMA DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
I.Dos tipos de fundamento y finalidad de la coordinación,
tradicional y novedosa: alineación y coherencia y la estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera
II.Planteamiento: la alineación y coherencia del sistema
de administraciones públicas como fundamento y finalidad de la
relación interadministrativa de coordinación
III.Concepto y características del sistema de administraciones
públicas desde una perspectiva territorial
IV. Composición y formas de interacción del sistema de
administraciones
públicas
1.Composición del sistema
2.Interacción en el interior del sistema
3.Interacción al exterior del sistema
V.Consecuencias de identificar a las administraciones públicas
como un sistema:
la necesidad de garantizar su alineación y
coherencia
VI. La relación interadministrativa de coordinación
como instrumento para conseguir la alineación y coherencia
del sistema
CAPÍTULO 3
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA RELACIÓN INTERADMINISTRATIVA
DE COORDINACIÓN QUE TIENE POR DESTINATARIO A UN
GOBIERNO LOCAL
I.Cuerpos normativos que se refieren a la coordinación
interadministrativa que tiene por destinatario a los
gobiernos locales
1.Constitución Española
2.Carta Europea de Autonomía Local
3.Estatutos de Autonomía
4.La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público
5.Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local
y leyes autonómicas sobre régimen local
6.Selección de leyes sectoriales estatales y autonómicas
II. Conclusiones en torno a la regulación
normativa de la relación interadministrativa de coordinación
en el ordenamiento
jurídico español
1.Sobre su método de regulación
2.Marco normativo común
III. La definición normativa de la coordinación y la capacidad
legal y jurisprudencial de configurar las relaciones ínteradmínistrativas
1.La carencia de una definición legal no implica la imposibilidad de
entablar la relación interadministrativa de coordinación
2.Capacidad del legislador y del juez de configurar
las relaciones interadministrativas: la posibilidad de variación
del concepto a
partir de cambios jurisprudenciales
3.El ejercicio del poder de dirección por parte de una
administración pública que tiene por destinatario un
ente local en ordenamientos jurídicos donde no se
ha reconocido normativa o jurisprudencialmente la
relación interadministrativa de coordinación
CAPÍTULO 4
HABILITACIÓN JURíDICA PARA COORDINAR
I.La competencia de coordinación y la potestad de dirección
1.La competencia de coordinación como competencia instrumental
2.Potestad de dirigir a otra administración pública a través de la
competencia de coordinación
3.Características de la potestad de dirigir un ente local
3.1. Características en cuanto a potestad
3.2. Características sustantivas
II.Atribución de la competencia de coordinación
1. La atribución de la competencia debe ser por ley
2.La identificación en la normativa de una competencia de
coordinación y de un mecanismo de coordinación
3.La competencia de coordinación debe estar explícita (no implícita)
4.Razones por las cuales se asigna una competencia de
coordinación a una determinada administración pública
III.Ámbito subjetivo en el ejercicio de la competencia de
coordinación
1. Naturaleza del sujeto coordinante
1.1. Área metropolitana
1.2. Mancomunidad
1.3. Consorcio
1.4. Comarca
2.Nivel territorial superior respecto del sujeto coordinado
3.Ejercicio y traslación de la competencia de coordinación
y la intervención de los particulares
3.1. Ejercicio y traslación del ejercicio de la competencia
3.2. Casos excepcionales de la traslación de la titularidad
de la competencia
3.3. Intervención de particulares en la relación
interadrministrativa de coordinación
IV. El interés sobre la materia coordinada
1.Diferencia del concepto de interés y competencia
2.El interés en la relación interadministrativa de coordinación
CAPÍTULO 5
EFECTOS DE LA RELACIÓN INTERADMINISTRATIVA DE
COORDINACIÓN
I.Los efectos que se producen como consecuencia del
mecanismo de coordinación
1.El tipo de mandato: vinculación negativa y vinculación
positiva
1.1. Vinculación negativa
1.2. Vinculación positiva
2.Tiempo destinado para el ejercicio de la competencia
coordinada
3.Exigencia de adaptación del ente local a la legalidad o
a la conveniencia
II.Adecuación del ejercicio de la competencia propia
a lo contenido en el mecanismo de coordinación
1.El sujeto coordinado
2.Competencias propias o delegadas
2.1. Competencias propias
2.2. Competencias delegadas
3.Competencias materiales e instrumentales
4.Adecuación de la actuación del ente local a lo establecido
en el mecanismo de coordinación, su consecuencia y la
responsabilidad
4.1. Actuación del ente local atendiendo a lo establecido
en el mecanismo de coordinación
4.2. Consecuencias de adecuarse al mecanismo de coordinación
4.3. Responsabilidad como consecuencia de un daño causado
en el marco de una actuación sometida a
coordinación
III.El vínculo que se crea entre sujeto coordinante y coordinado
en la relación interadministrativa
1.Creación del vínculo
2.Vigencia del vínculo
3.Extinción del vínculo
IV. Diferencia entre los efectos de la relación interadministrativa
de coordinación con figuras afines
1.Diferencia con la delegación
2.Diferencia con la encomienda de gestión
3.Diferencia entre el ejercicio de la competencia de coordinación
y capacidad de delimitar una competencia o regular un sector
de actuación de un ente local
CAPÍTULO 6
LÍMITES DE LA RELACIÓN INTERADMINISTRATIVA DE
COORDINACIÓN
I.Límites en la relación interadministrativa de coordinación
1.Límite material
2.Límite temporal
3.Límite territorial
4.Límite competencial
5.La alteración del sistema de atribución de competencias
6.La legislación de estabilidad presupuestaria: fundamento
y límite de la coordinación
II.Límite específico: la vulneración de la autonomía local
1.Configuración de la autonomía local y su vínculo con la relación
interadministrativa de coordinación
1.1. Concepto de la autonomía local
1.2. Diferentes modalidades de autonomía local dependiendo del
tipo de ente
local
1.3. Límite de afectación a la autonomía local según la
LRBRL
2.Garantías para evitar la vulneración de la autonomía local
2.1. Garantía previa al procedimiento: la preferencia de
la cooperación sobre la coordinación
2.2. Garantías procedimentales
A.Petición de informes a consejo de gobiernos locales
o asociaciones representativas de entes locales
B.Ampliación o apertura de nuevos espacios de intervención
en el procedimiento administrativo
C.Traslado de la competencia de coordinación
D.Participación regular del ente local en un procedimiento
administrativo de adopción de un mecanismo de coordinación
a.Preceptiva o potestativa
b.Vinculante o no vinculante
c.Motivación durante el procedimiento administrativo
y en el mecanismo de coordinación
2.3. Garantías sustantivas
A.Definición del interés para adoptar un mecanismo de
coordinación
B.La definición de las potestades que la doctrina
ha señalado que pueden ser coordinadas
C.Propuesta sobre la forma como pueden ser afectadas las
potestades locales
CAPÍTULO 7
MECANISMOS DE COORDINACIÓN ESTABLECIDOS EN EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO
I.Planes sectoriales
1.Identificación de las características de la coordinación
2.La reserva de ley del plan sectorial y su relación
con otros mecanismos de coordinación
2.1. La reserva de ley en el plan sectorial
2.2. La relación entre el plan sectorial y los demás
mecanismos de coordinación 3.Regulación de los
planes sectoriales en la LRBRL y en las leyes
autonómicas
3.1. Naturaleza jurídica
3.2. Habilitación jurídica para la adopción de un plan
sectorial
3.3. Denominación y contenido del plan sectorial
3.4. Procedimiento administrativo de adopción del plan
sectorial
3.5. Control parlamentario y administrativo en los planes
sectoriales
II. Planes provinciales de obras y servicios: entre la cooperación
y la coordinación
1.Competencias de coordinación y cooperación que la provincia
ejerce a través del PPOS
2.Procedimiento administrativo de adopción del PPOS
3.Disparidad de criterios de interpretación entre el TS y
el TC sobre el PPOS
III.Otros mecanismos de coordinación que se encuentran
previstos en el ordenamiento
1.Definición y caracterización del resto de mecanismos de
coordinación
2.Pautas para identificar mecanismos de coordinación en el
ordenamiento jurídico
3.Ejemplos y particularidades de algunos mecanismos de
coordinación
3.1. Directriz
3.2. Circular e instrucción
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
1.DOCTRINA
2.JURISPRUDENCIA
Thomson Reuters Pro View. Guía de uso