Desmaterialización del bien jurídico y de la política criminal
Sobre las perspectivas y los fundamentos de una teoría del bien jurídico crítica hacia el sistema
El ordenamiento jurídico-penal legítimo está directamente relacionado con la configuración concreta de la sociedad y no como una cuestión relativa a determinados bienes jurídicos: el derecho penal es garantía del derecho en cuanto estructura de la sociedad.
III.LA TEORIA DE LAS NORMAS: EL PUNTO QUIEBRA PREDETERMINADO DE UNA TEORíA DEL BIEN JURíDICO ORIENTADA A LA PRÁCTICA
A. La concepción crítica del bien jurídico hacia el sistema y la dimensión práctico-social de la teoría del bien jurídico
B. ¿Revitalización de la concepción del ordenamiento penal como protección de bienes jurídicos? El anclaje teórico-social de la teoría del bien jurídico llevado a cabo por el finalismo
C. La teoría de las normas del finalismo como fundamento de la teoría del bien jurídico
D. ¿Reformulación de la teoría del bien jurídico con base en las ciencias sociales?
III. LAS TEORíAS INSTITUCIONALES DEL DERECHO COMO FUNDAMENTO DE LA TEORíA DEL BIEN JURIDICO EN EL PLANO DE LA TEORIA DE LA NORMA
A. El derecho como estructura de la sociedad
1. La estructura social de las normas
2. El sentido social de la normatividad BERNO MÜSSIG
B. Teoría institucional del derecho y función social del derecho penal
C. Cambio de perspectiva para la cuestión de la legitimación jurídico-penal: del empleo de bienes a la definición de la configuración de la sociedad 1. Función social de la norma de conducta como criterio de legitimación
2. Criterios de identidad de la sociedad como patrón de referencia de la problemática de la legitimación jurídico-penal D. ¿Una doctrina personal del bien jurídico?
1. Bienes jurídicos universales e individuales
2. ¿Funcionalización de intereses personales?
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