El daño no patrimonial contractual

El daño no patrimonial contractual

El daño no patrimonial contractual

Un estudio a la luz del límite de la previsibilidad del daño

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 CÓMO CITAR

INTRODUCCIÓN


CAPÍTULO 1

El daño no patrimonial contractual como daño indemnizable


1.1 Concepto de daño no patrimonial contractual


1.1.1 Ordenamientos nacionales


1.1.1.1 Civil law


1.1.1.2 Common law


1.1.2 Instrumentos aprobados en el ámbito internacional


1.1.2.1 Convención de Viena sobre Compraventa Internacional


1.1.2.2 Principios Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales


1.1.2.3 Principios de derecho europeo de los contratos


1.1.2.4 Marco Común de Referencia


1.1.3 Definición adoptada por este trabajo


1.2 Reparación del daño no patrimonial contractual


1.2.1 Ordenamientos nacionales


1.2.1.1 Francia


1.2.1.2 España


1.2.1.3 Reino Unido


1.2.1.4 Casos fáciles y casos difíciles en el marco del civil law y del common law


1.2.2 Instrumentos aprobados en el ámbito internacional


1.2.2.1 Convención de Viena sobre Compraventa Internacional


1.2.2.2 Principios Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales


1.2.2.3 Principios de derecho europeo de los contratos


1.2.2.4 Marco Común de Referencia


1.3 Relectura de la indemnización del daño no patrimonial contractual con base en los elementos de la responsabilidad contractual y sus límites


1.3.1 Elementos de la responsabilidad contractual en relación con el daño no patrimonial


1.3.2 Límites de la responsabilidad contractual


1.3.2.1 Relevancia del daño no patrimonial


1.3.2.2 Nexo de causalidad entre el incumplimiento del deudor y el daño sufrido por el acreedor


1.3.2.3 Previsibilidad del daño no patrimonial


1.4 Conclusiones del capítulo


CAPÍTULO 2

El criterio de la previsibilidad del daño como presupuesto de la reparación del daño no patrimonial contractual


2.1 La regla de la previsibilidad del daño. Características generales


2.1.1 Antecedentes


2.1.2 Ordenamientos nacionales


2.1.2.1 Francia


2.1.2.2 España


2.1.2.3 Reino Unido


2.1.3 Instrumentos aprobados en el ámbito internacional


2.1.3.1 Convención de Viena sobre Compraventa Internacional


2.1.3.2 Principios Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales


2.1.3.3 Principios de derecho europeo de los contratos


2.1.3.4 Marco Común de Referencia


2.2 La regla de la previsibilidad del daño. Características particulares


2.2.1 ¿Qué es previsible, el tipo de daño o su extensión?


2.2.2 Previsibilidad desde el punto de vista del deudor


2.2.3 La celebración del contrato como referente temporal para la evaluación de la previsibilidad del daño


2.2.4 Previsibilidad subjetiva y previsibilidad objetiva


2.2.5 Previsibilidad y causalidad


2.2.6 Previsibilidad y distribución de riesgos contractuales


2.2.7 Análisis económico de la previsibilidad del daño: la regla de previsibilidad como invitación al traspaso de información entre las partes


2.2.8 Valoración del daño conforme al criterio de la previsibilidad


2.2.9 Tratamiento especial en cabeza del deudor doloso


2.3 Conclusiones del capítulo


CAPÍTULO 3

La previsibilidad del daño como límite de la reparación del daño no patrimonial contractual


3.1 Ordenamientos nacionales


3.1.1 Francia


3.1.1.1 Doctrina


3.1.1.2 Jurisprudencia


3.1.2 España


3.1.2.1 Doctrina


3.1.2.2 Jurisprudencia


3.1.3 Reino Unido


3.1.3.1 Doctrina


3.1.3.2 Jurisprudencia


3.2 Conclusiones frente a la aplicación del criterio de la previsibilidad del daño como límite de la reparación del daño no patrimonial contractual en los ordenamientos nacionales


3.3 Instrumentos aprobados en el ámbito internacional


3.3.1 Convención de Viena sobre Compraventa Internacional


3.3.2 Principios Unidroit sobre los contratos comerciales


3.3.3 Principios de Derecho Europeo de los Contratos


3.3.4 Marco Común de Referencia


3.4 Conclusiones frente a la aplicación del criterio de la previsibilidad del daño como límite de la reparación del daño no patrimonial contractual en los instrumentos aprobados en el ámbito internacional


3.5 Conclusiones del capítulo


CONCLUSIONES GENERALES


REFERENCIAS


Jurisprudencia citada


NOTAS AL PIE

LAW001000 LEY > Derecho Administrativo y Práctica Regulatoria
LAW001000 Derecho administrativo y administraciones públicas
  1. Nombre
    • Manuela Canal


    • Abogada egresada de la Universidad Externado de Colombia y máster en Derecho de Daños de la Universitat de Girona. Actualmente, se encuentra vinculada a la Sección Tercera del Consejo de Estado y se desempeña como docente investigadora del Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia  


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