El deber funcional como concepto nuclear del derecho disciplinario desde la perspectiva constitucional y legal
Examinar el Derecho Disciplinario de los servidores públicos y de los particulares que ejercen funciones públicas desde la perspectiva del deber funcional no pretende derruir la importancia de la ilicitud sustancial corno categoría dogmática del Derecho Disciplinario y, menos aún, la construcción y el análisis dogmático de esa categoría llevada a cabo por Carlos Arturo Gómez Pavajeau. Por el contrario. El deber funcional como concepto nuclear del derecho disciplinario parte de reconocer el carácter fundamental de la ilicitud sustancial como categoría dogmática propia del derecho disciplinario para destacar, a partir de tal reconocimiento, que la sustancia de ilicitud es, en todos los casos, el incumplimiento del deber funcional propio del cargo o función atribuida o transferida al servidor público o al particular que ha sido habilitado para ejercer funciones públicas, realidad que permite entender y demostrar que es dicha clase de deber el fundamento del examen de la ilicitud ya que el deber funcional es el que establece y fundamenta la sujeción especial del servidor público o el particular que ejerce funciones públicas al cumplimiento adecuado de esa concreta clase de deben
De esta manera se demuestra que el deber funcional es el que crea el vinculo entre el derecho disciplinario y el servidor público o particular que ejerce funciones públicas, ya que establece el ligamen o atadura entre dichas personas y esta clase especifica de derecho, habilitando la exigibilidad del adecuado cumplimiento del deber funcional propio del cargo o función en el marco de unas determinadas condiciones temporo-espaciales y modales, aspecto que, además, es el que permite el surgimiento de la falta disciplinaria en si misma considerada, de ahí el carácter nuclear del concepto de deber funcional en el ámbito del derecho disciplinario.
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
1. EL IUS PUNIENDI DEL ESTADO Y SU ACTUAL ENTENDIMIENTO
1.1. La desmitificación del concepto de ius puniendi. El ius puniendi del Estado es mucho más que derecho penal
1.2. El derecho disciplinario como una de las especies del iris puniendi estatal
1.3. La tipicidad y la antijuridicidad de la falta disciplinaria como elementos esenciales para el correcto ejercido del ius puniendi del Estado en materia disciplinaria y su vínculo con el debido proceso constitucional y legal
2. EL PROGRAMA DISCIPLINARIO DE LA CONSTITUCIÓN. LA CONSTITUCIÓN ES EL SOFTWARE DEL DERECHO DISCIPLINARIO
2.1. Los valores, fines y principios constitucionales como fundamento del diseño del programa disciplinario de la Constitución
2.2. La importancia del concepto de autoridad dentro de programa disciplinario de la Constitución
2.3. Análisis del programa desde la perspectiva de la teoría del derecho y de la teoría de la norma jurídica
2.4. El poder vinculante del preámbulo de la Constitución y su incidencia en el programa disciplinario de la Constitución
2.5. El programa disciplinario de la Constitución y la colisión de deberes funcionales
2.6. El programa disciplinario de la Constitución y su impacto en la contratación estatal como una de las funciones públicas relevantes del Estado
2.7. La responsabilidad desde la perspectiva constitucional y la generación de deberes de sujeción general y deberes de sujeción especial
3. EL DEBER FUNCIONAL COMO CONCEPTO NUCLEAR DEL DERECHO DISCIPLINARIO
3.1. Fundamento constitucional y legal
3.2. El impacto del deber funcional en otros derechos fundamentales
3.3. La relación dinámica entre los modelos de Estado y los sistemas jurídicos. El aporte de la Declaración de Responsabilidades y Deberes Humanos de cara al contenido y alcance del derecho convencional
3.4. Dos conceptos jurídicos fundamentales del derecho disciplinario según el modelo de Estado colombiano: el deber funcional y la función pública
3.5. El deber funcional en el Estado social de derecho colombiano y la posibilidad que se transfiera el ejercicio de funciones públicas o administrativas a particulares
3.6. Análisis holístico de los deberes especiales de sujeción, deberes funcionales vinculados inescindiblemente a la función pública o la función administrativa, en perspectiva del derecho disciplinario
BIBLIOGRAFÍA