Reseña
Esta obra contiene algunos antecedentes del derecho internacional que explican las razones por las cuales el Constituyente de 1991 dispuso en el artículo 29 que todas las decisiones judiciales mediante las cuales se condena por primera vez a una persona deben ser susceptibles de un recurso ordinario de apelación. Bajo ese contexto, se cuestiona si lo reconocido hasta hoy por la ley y la jurisprudencia colombiana ampara realmente el derecho a la doble conformidad judicial en términos constitucionales e internacionales, siendo negativa la respuesta a tal interrogante, por lo que se propone una solución legislativa en la materia.