Estabilidad laboral por debilidad manifiesta en salud: Omisión estatal, inseguridad jurídica y alternativas para remediarlas.

Serie de investigaciones en Derecho Laboral N° 22

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La Corte Constitucional ha construido una línea jurisprudencial en la cual desarrolla el concepto de debilidad manifiesta por salud y la protección que los empleadores deben darles a los trabajadores que se encuentren en esta situación, en el sentido de garantizarles una estabilidad ocupacional reforzada. Sin embargo, a pesar de que se han establecido los requisitos para que opere dicha estabilidad, en la práctica judicial ocurre que algunas decisiones los pasan por alto y conceden el amparo a trabajadores cuya condición de salud no les impide o dificulta cumplir su trabajo, generando un uso desproporcionado de esta figura e incluso una posible responsabilidad del Estado por error judicial. De igual forma, estos excesos en las decisiones de los jueces causan inseguridad jurídica y afectan a quienes, pese a estar enfermos, pueden trabajar, pues algunos empleadores prefieren no contratarlos para evitar en el futuro tener que asumir dicha estabilidad. 

Por tal motivo se llevó a cabo esta investigación jurídica, en la que se plantean alternativas constitucionales equitativas para promover la unificación de los criterios de aplicación práctica de la estabilidad ocupacional reforzada, se establecen los casos en los que el Ministerio del Trabajo debe autorizar las terminaciones de contrato por razones objetivas, se evidencian las razones por las que hay responsabilidad del Estado por error judicial cuando se concede la estabilidad ocupacional reforzada sin que se cumplan los requisitos previstos en la jurisprudencia y, en consecuencia, hay un deber de reparación de perjuicios a su cargo y se propone un mecanismo que permita que este cumpla con su obligación constitucional de adelantar una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, y garantice con sus recursos la reinserción laboral de quienes padecen determinadas afecciones de salud. 

The Constitutional Court has built a line of jurisprudence in which it develops the concept of manifest weakness due to health and the protection that employers must give to workers who find themselves in this situation, in the sense of guaranteeing them reinforced occupational stability. However, despite the fact that the requirements have been established for said stability to operate, in judicial practice it happens that some decisions ignore them and grant protection to workers whose health condition does not prevent or make it difficult for them to carry out their work, generating a disproportionate use of this figure and even a possible responsibility of the State for judicial error. Likewise, these excesses in judges' decisions cause legal insecurity and affect those who, despite being sick, can work, since some employers prefer not to hire them to avoid having to assume said stability in the future.

For this reason, this legal investigation was carried out, in which equitable constitutional alternatives are proposed to promote the unification of the criteria for practical application of reinforced occupational stability, the cases in which the Ministry of Labor must authorize terminations are established. of contract for objective reasons, the reasons why there is responsibility of the State for judicial error are evident when enhanced occupational stability is granted without meeting the requirements established in jurisprudence and, consequently, there is a duty to repair damages to his position and a mechanism is proposed that allows him to fulfill his constitutional obligation to advance a policy of welfare, rehabilitation and social integration for the physically, sensorially and mentally handicapped, and guarantee with his resources the labor reintegration of those who suffer from certain health conditions. health.

CONTENIDO

PRESENTACIÓN 

CAPÍTULO PRIMERO 

ACCIÓN DE TUTELA PARA LA ESTABILIDAD OCUPACIONAL REFORZADA POR DEBILIDAD MANIFIESTA POR SALUD 

I. Principales aspectos de la reglamentación de la tutela 

A. Requisitos de procedencia de la tutela 

1. Subsidiariedad 

a. Medio judicial eficaz e idóneo 

b. Perjuicio irremediable
 
c. ¿Improcedencia por daño consumado y por hecho superado? 

B. Tutela contra sentencias 

II. Principio de estabilidad para las personas en condiciones de debilidad manifiesta por salud 

A. Ineficacia del despido o la terminación del vínculo 

B. De la estabilidad laboral a la estabilidad ocupacional 

1. Requisitos de procedencia: procedencia diferencial 

2. Requisitos de procedencia del amparo 

CAPÍTULO SEGUNDO 

LA AUTORIZACIÓN DE DESPIDO O TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE UN TRABAJADOR EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD O DEBILIDAD MANIFIESTA POR SALUD 

I. La competencia del Ministerio del Trabajo

II. La actuación administrativa adelantada ante el Ministerio del Trabajo 

III. El acto administrativo que resuelve la solicitud de autorización de despido o terminación del contrato 

IV. Las causales de ilegalidad de los actos administrativos 

A. Infracción de las normas superiores 

B. Incompetencia 

C. La expedición irregular 

D. El desconocimiento del derecho de audiencia y de defensa
 
E. La falsa motivación 

F. La desviación de poder 

V. El control de legalidad de los actos administrativos 

A. Nulidad 

B. Nulidad y restablecimiento del derecho

VI. El control judicial del acto administrativo que niega el despido de un trabajador en situación de discapacidad o debilidad manifiesta por salud 

CAPÍTULO TERCERO 

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR ERROR JUDICIAL 

I. Error judicial 

A. Concepto 

B. Requisitos 

C. Trámite 

II. Configuración de la responsabilidad estatal 

A. El daño
 
B. Imputación 

III. Responsabilidad por error judicial en los casos de debilidad manifiesta por salud 

A. Responsabilidad por conceder una acción de tutela que no cumple con los requisitos de procedibilidad 

B. Responsabilidad por conceder la protección laboral reforzada cuando no se cumplen los requisitos para que opere 

C. Eximentes de responsabilidad 

D. Indemnización de perjuicios 

CAPÍTULO CUARTO 

DESCRIPCIÓN DE COMPORTAMIENTOS A PARTIR DE LA ESTABILIDAD OCUPACIONAL REFORZADA Y PROPUESTAS 

I. Alternativas para el empleador frente a la negativa del Ministerio de autorizar el despido 

II. Creación de un fondo solidario de integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos

III. Necesidad de una sentencia de unificación 

BIBLIOGRAFÍA
 
ANEXO 

RELACIÓN DE SENTENCIAS ANALIZADAS 


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    • ÁLVARO CHAOS CADOR es biólogo y programador de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Es Doctor en Ciencias por el Instituto de Ecología y tiene un postdoctorado del Centro de Ciencias de la Complejidad (C3) cursado en la misma institución. Es escritor y posee estudios en Letras Hispánicas y Filosofía. Su libro ¡Hay un dinosaurio en mi sopa! Obtuvo el Premio Internacional de Divulgación de la Ciencia Ruy Pérez Tamayo, organizado por el Fondo de Cultura Económica (FCE); también es autor de Cazadores de monstruos, que le mereció el Cuarto Premio Nacional de Divulgación de las Ciencias y Tecnología Juan Oyarzabal, organizado por la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM). Es autor de varios artículos y capítulos de libros en revistas internacionales y programas computacionales. Es profesor definitivo de la materia de Evolución en la UNAM.


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