Intenciones conjuntas de cometer crímenes internacionales

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El presente artículo es un intento de proporcionar una teoría coherente que los tribunales internacionales puedan utilizar para funda- mentar la atribución de responsabilidad penal indirecta por crímenes colectivos. Actualmente, la jurisprudencia y la academia están enfocadas en un debate entre la doctrina de la empresa criminal conjunta aplicada por el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia y la doctrina de la coautoría de la Corte Penal Internacional, que define como coautores a aquellos que tienen control conjunto sobre el crimen colectivo. El artículo somete la teoría del control a un nuevo escrutinio y cuestiona si el "control" es el criterio más importante para los crímenes colectivos. Este trabajo defiende la afirmación de que el aspecto esencial para atribuir responsabilidad indirecta a los miembros de un grupo criminal es la intencionalidad (mens rea) de sus miembros individuales.

This article is an attempt to provide a coherent theory that international courts can use to establish indirect criminal responsibility for collective crimes. Currently, jurisprudence and academia are focused on a debate between the doctrine of joint criminal enterprise applied by the International Criminal Tribunal for the former Yugoslavia and the doctrine of co-perpetration of the International Criminal Court, which defines as co-perpetrators those who have joint control over the collective crime. The article subjects the control theory to new scrutiny and questions whether "control" is the most important criterion for collective crimes. This work argues that the essential aspect for attributing indirect responsibility to members of a criminal group is the intentionality (mens rea) of its individual members.

CONTENIDO

Resumen

I. Introducción

II. La relación entre conspiración y ECC

A. El requisito de un acuerdo

B. Responsabilidad del derecho común por un propósito criminal conjunto

III. Los límites de la responsabilidad indirecta

A. La inestable estructura de la ECC III

1. La jurisprudencia de la Segunda Guerra Mundial

2. La ECC III y el dolo especial

3. Conclusión

B. Diferenciando los niveles de participación

C. El apoyo histórico por la diferenciación de ECC

D. Reparos a la diferenciación

IV. Los límites de la teoría del control

A. Coautoría en la CPI

B. Una nueva geografía de acción colectiva

1. El Love Parade

2. El linchamiento en Essen

3. El campo de concentración

4. La deportación

5. Ataque en contra de los civiles

V. Una teoría de intenciones conjuntas

A. La tesis de la intención compartida

B. Planear, cooperar y deliberar

C. Aplicando la teoría de las intenciones compartidas al derecho penal internacional

D. Restricciones a la responsabilidad indirecta

                                                      

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  1. Nombre
    • Jens David Ohlin


    • Jens David Ohlin es un administrador académico estadounidense y erudito legal. Se convirtió en Allan R. Tessler Decano de la Facultad de Derecho de Cornell el 1 de julio de 2021.


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