La acción de repetición derivada de la declaratoria de nulidad de actos administrativos particulares

Seleccione un formato
Impreso
$104.000
8 Unidades disponibles
Próxima aparición
eBook
$62.400
Acceso online + offline
Impreso bajo demanda
$152.651

Resulta trascendental, desde la óptica del derecho administrativo, la novedosa presentación que hace el autor de la evolución, tanto normativa como jurisprudencial, de la configuración del medio de control -por vía de acción de repetición en el ordenamiento colombiano. A partir del análisis de la estructuración de la responsabilidad personal patrimonial, subsidiaria y subjetiva de los agentes estatales, la obra examina con rigor la acción de repetición derivada de la declaratoria de nulidad de actos administrativos particulares.

  

El autor demuestra que se ha originado un grave desequilibrio entre las partes del proceso, con marcada tendencia a favorecer la posición del Estado demandante y, poniendo de presente el valioso rol de la jurisdicción de lo contencioso administrativo al respecto, formula interesantes propuestas tendientes a fortalecer la posición jurídica del agente estatal que obra como sujeto pasivo de la repetición.

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO 1.

CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PERSONAL PATRIMONIAL DE LOS AGENTES ESTATALES: ESTRUCTURACIÓN DE UN MEDIO DE CONTROL-POR VÍA DE ACCIÓN-ESPECÍFICAMENTE DISEÑADO-PARA EL EFECTO-EN EL ORDENAMIENTO COLOMBIANO

1.1 Estructuración y especificidades de la responsabilidad personal patrimonial, subsidiaria y subjetiva de los agentes estatales en el ordenamiento colombiano

1.1.1 El sometimiento del Estado al principio de legalidad como pilar de la estructuración de la responsabilidad institucional del Estado

1.1.2 Hacia la consolidación de la responsabilidad personal patrimonial del agente del Estado

1.1.3 La constitucionalización de la responsabilidad institucional del Estado, de la responsabilidad personal patrimonial del agente estatal y de la acción pertinente

1.2 Dinámica de las variables normativas y jurisprudenciales en la configuración del medio de control por vía de acción: acción de repetición 5.0

1.2.1 Acciones vs. medios de control: del Código Contencioso Administrativo al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

1.2.2 De la regulación contenida en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el nomen "medios de control" puede entenderse como un género que comprende varias especies

1.2.2.1 Medios de control por vía de acción

1.2.2.2 Medios de control por vía de excepción

1.2.2.3 Medios de control automático

1.2.3 Medios de control por vía de acción procedentes para pretender la declaratoria de nulidad de actos administrativos particulares y la respectiva indemnización consecuencial

1.2.4 La desequilibrante evolución de la configuración del medio de control por vía de acción de repetición

1.2.4.1 Acción de repetición 1.0: una acción desconocida con reglamentación legal dispersa

1.2.4.2 Acción de repetición 2.0: su configuración constitucional como límite al legislador y como norte hermenéutico que ha de ser respetado por la Administración y por la jurisdicción contenciosa

1.2.4.3 Acción de repetición 3.0: la acción de

repetición como acción autónoma con identidad propia

1.2.4.4 Acción de repetición 4.0: el impacto del Código General del Proceso y del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

1.2.4.5 Acción de repetición 5.0: impacto de la desequilibrante Ley 2195 de 2022

CAPÍTULO 2.

EL ROL DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA COMO GARANTE DEL EQUILIBRIO ENTRE LA POSICIÓN JURÍDICA DE LAS PARTES EN LA ACCIÓN DE REPETICIÓN

2.1 La jurisdicción de lo contencioso administrativo debe verificar el riguroso cumplimiento de la carga argumentativa y probatoria inherente a la posición jurídica del Estado en la acción de repetición 5.0, derivada de la declaratoria de nulidad de actos administrativos

2.1.1 Debe acreditarse que surgió para el Estado la obligación de reparar patrimonialmente un daño antijurídico

2.1.1.1 En la configuración constitucional de la acción de repetición se alude a la condena en contra del Estado

2.1.1.2 Acreditación judicial de la obligación del Estado de reparar patrimonialmente un daño antijurídico

2.1.2 Debe acreditarse el pago de la obligación del Estado de reparar un daño antijurídico

2.1.2.1 Importancia y funciones del pago en la acción de repetición

2.1.2.2 La prueba del pago de la obligación de reparar un daño antijurídico

2.1.2.3 El pago del reconocimiento indemnizatorio debe ser total

2.1.3 Debe acreditarse la calidad de agente del Estado del sujeto pasivo de la acción de repetición

2.1.3.1 Servidores o exservidores públicos

2.1.3.2 Particulares que desempeñen funciones públicas

2.1.3.3 Funcionarios de la Rama Judicial

2.1.4 Debe acreditarse la magnitud del detrimento patrimonial que se reclama del agente y su fundamento

2.1.4.1 El pago de intereses moratorios

2.1.4.2 El pago de condena por prestaciones en favor de la Administración realizadas

sin contrato

2.1.4.3 El pago derivado de condena por ocupación permanente de inmuebles

2.1.4.4 Eventos en los que se presenta concausalidad

2.1.5 Debe acreditarse el elemento subjetivo: dolo o culpa grave

2.2 Construcción y consolidación de propuestas tendientes a fortalecer la posición jurídica del agente estatal como sujeto pasivo del proceso de repetición originado en la declaratoria de nulidad de actos administrativos particulares

2.2.1 Contrabalancear las presunciones de dolo y de culpa grave relacionadas con la nulidad de actos administrativo de carácter particular

2.2.1.1 El demandante en repetición debe imputar expresamente dolo o culpa grave, y tiene la carga de invocar-con toda precisión-las presunciones de dolo o de culpa grave en que funda sus pretensiones, así debe determinarse en la fijación del litigio y la sentencia ha de ser congruente con ello

2.2.1.2 Hacia una interpretación garantista de las presunciones de dolo y de culpa grave consagradas en la Ley 2195 de 2022, relacionadas con la nulidad de actos administrativos particulares

2.2.2 El agente estatal repetido no tiene que asumir las consecuencias negativas derivadas de la congestión de la jurisdicción de lo contencioso administrativo

2.2.3 El agente estatal repetido no tiene que asumir las consecuencias negativas derivadas de la aplicación retroactiva de los cambios jurisprudenciales

2.2.4 La responsabilidad subjetiva de los agentes estatales impone partir de la regla general de no solidaridad de la condena

2.2.5 La incorporación no igualitaria de la garantía de doble conformidad en el ordenamiento nacional, remediada constitucionalmente

2.2.6 Formular una demanda temeraria de acción de repetición tiene la potencialidad de generar un daño antijurídico al agente estatal accionado

CONCLUSIONES

                                                                                                          

BIBLIOGRAFÍA


eBook

Impreso bajo demanda

Impreso

Escribir su propia opinión
Solo usuarios registrados pueden escribir comentarios. Por favor, iniciar sesión o crear una cuenta

Publicaciones relacionados