La aplicación del derecho de gentes en la Constitución de 1863
El 8 de mayo de 2013 se cumplieron 150 años de haberse promulgado la constitución de Rionegro. Una constitución de raigambre liberal y progresista en todo Sentido. Su creación estuvo impulsada por los fundadores de nuestra universidad, por ello no resulta fortuito que el mismo año en que cesó su vigencia naciera el externado de Colombia. Con ocasión de lo anterior, este trabajo pretende rendir homenaje a nuestros fundadores radicales, a la constitución de 1863 y, por qué no, a nuestra esencia misma.
Resulta paradójico que una constitución con tantos valores y principios liberales haya tenido una institución tan cuestionada y criticada durante la segunda mitad del siglo XIX y buena parte del XX, como lo fue el artículo 91 que elevó a rango constitucional el derecho de gentes, derecho que inicialmente había sido entendido como el derecho internacional público, pero que posteriormente se fue acotando hasta traducirse en el derecho de la guerra o el hoy llamado derecho internacional humanitario. Tras la mencionada inclusión constitucional, importantes y reconocidos doctrinantes de la época, como lo fueron José María Samper y Salvador Camacho Roldán, criticaron y avizoraron una inadecuada aplicación de dicho artículo debido a la manera como había quedado redactado y aprobado el mismo. Incluso en tiempos modernos, la doctrina constitucional ha seguido discutiendo los alcances que éste trajo para nuestro país.
Primera parte El derecho de gentes en la constitución de 1863 y en las constituciones federales
Capítulo primero La incorporación del derecho de gentes en la constitución de Rionegro de 1863I. La convención de Rionegro de 1863 II. Las críticas de Camacho y Samper respecto a la inclusión del derecho de gentes en la constitución nacional
Capítulo segundoEl derecho de gentes en las constituciones federales I. La incorporación del concepto de "derecho de gentes" en las constituciones federales A. Estado de Antioquia B. Estado de Bolívar C. Estado de Boyacá D. Estado del Cauca E. Estado de Cundinamarca F. Estado del Magdalena G. Estado de Panamá H. Estado del Tolima II. Semejanzas y diferencias en la regulación del concepto de "derecho de gentes" en las constituciones federales
Segunda parteLa aplicación del derecho de gentes entre 1863 y 1886
Capítulo primero Diarios oficiales relacionados con la aplicación del derecho de gentes entre 1863 y 1886I. Precisiones conceptuales II. Información encontrada en los diarios oficiales relacionada con la aplicación del derecho de gentes entre 1863 y 1886 en los estados unidos de Colombia A. Año 1863 B. Año 1865 C. Año 1866 D. Año 1867 E. Año 1871 F. Año 1873 G. Año 1875 H. Año 1876 I. Año 1877 J. Año 1879 K. Año 1884 L. Año 1885
Conclusiones finales Bibliografía