La imputación objetiva en una concepción valorativa de la teoría del delito

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Si bien desde el punto de vista de su estructura interna la imputación objetiva ha alcanzado un alto nivel de precisión, una visión valorativa de ella tiene todavía capacidad de rendimiento desde una perspectiva sistemática. A través de ella se puede explorar la unificación de los conceptos de acción y omisión, replantearse la estructura y ubicación del dolo y el error en la teoría del delito, repensar la necesidad de mantener una distinción entre el tipo objetivo y el subjetivo, precisar el concepto de imputabilidad, introducir ajustes en los fundamentos de la tentativa, la autoría y la participación y, como consecuencia de todo ello, revisar lo que debe ser el fundamento y contenido de la culpabilidad. La multiplicidad de temas abordados en este texto, comenzando por la adopción de una postura sobre el concepto de realidad a partir del cual debería operar la teoría del delito, así como la pretensión de mostrar una visión de conjunto sobre el impacto sistémico de un entendimiento valorativo de la imputación objetiva -más que un análisis detallado de cada una de las figuras que la componen-, explican que los temas sean abordados solo en sus aspectos estructurales esenciales para bosquejar una de las opciones evolutivas que en mi opinión tiene la teoría del delito.

CONTENIDO

PRÓLOGO

I. INTRODUCCIÓN

II. LA IMPUTACIÓN OBJETIVA EN LOS ESQUEMAS DE CORTE FINALISTA

A. La finalidad como primer correctivo de la causalidad

B. La violación al deber de cuidado como segundo correctivo de la causalidad

C. Los principios como tercer correctivo de la causalidad

D. El giro hacia una teoría de la imputación objetiva en el delito imprudente

i. La causa como un concepto valorativo

ii. La relación causal como un concepto valorativo

iii. El resultado como un concepto naturalístico

1. El resultado en los delitos de peligro

2. El resultado en los delitos de tentativa

3. El resultado en los delitos de omisión

iv. La conducta como un concepto naturalístico

v. Las correcciones afectan al tipo objetivo del delito imprudente

E. La expansión de la imputación objetiva al delito doloso

F. La caótica estructura del injusto

III. LA IMPUTACIÓN OBJETIVA EN UNA CONCEPCIÓN VALORATIVA DE LA TEORÍA DEL DELITO

A. La realidad sobre la que actúa el derecho penal

i. El delito es valoración social de conductas

ii. Se protegen ámbitos de libertad para posibilitar la vida social

B. El riesgo jurídicamente desaprobado

i. Las normas como indicadores

ii. ¿Qué queda de la adecuación social?

iii. El riesgo jurídicamente desaprobado y el principio de legalidad

iv. El conocimiento de lo fáctico como elemento de la imputación objetiva

1. La correcta comprensión de la realidad

2. El "error" condicionado por la inimputabilidad

C. Realización del riesgo en el resultado

i. El resultado como infracción de la norma de prohibición

1. El conocimiento de la prohibición

2. El "error" derivado de ("inimputabilidad" por) diversidad sociocultural

ii. Unificación del dolo en la imputación objetiva

iii. Diferencias entre el dolo y la imprudencia

iv. Unificación del error en la imputación objetiva

v. Explicación del resultado

D. La conducta como interpretación de la realidad

i. Conducta es lo que se comunica

ii. Importancia de la comunicación

iii. Las acciones colectivas

1. Las acciones colectivas y la ayuda al suicidio

2. El concepto unitario valorativo de autor en la tentativa

a. El concepto unitario valorativo de autor y el comienzo de ejecución de la tentativa

b. El concepto unitario valorativo de autor y los delitos especiales (de infracción de deber) de autor y las acciones neutrales

c. El concepto unitario valorativo

IV. CONCLUSIONES

                                                                                              

BIBLIOGRAFÍA


Impreso

  1. Nombre
    • Yesid Reyes Alvarado


    • Yesid Reyes Alvarado es abogado de la Universidad Externado de Colombia, con Especialización en Ciencias Penales de la Universidad Externado de Colombia, Especialización en Criminología de la Universidad Externado de Colombia, Magister en Ciencias Penales, Criminológicas y Criminalísticas de la Universidad Externado de Colombia, Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid (Cum Laude). Fue becario de investigación de la fundación Alexander von Humboldt en la Universidad de Bonn (Alemania). Ha sido Profesor auxiliar Universidad Externado de Colombia (1985), Profesor de posgrado Universidad Libre (1989), Profesor de hora cátedra en el área de derecho procesal de la Universidad Santo Tomás (1986 a 1989), Director del departamento de derecho penal de la Universidad Santo Tomás (1996 a 2005), Profesor visitante en la Universidad Autónoma de Madrid (1992 a 1994), Profesor de hora catedra en el área de Derecho Penal de la Universidad de Los Andes (2006 a 2014), Director del Centro de Investigación en Filosofía y Derecho de la Universidad Externado de Colombia (desde agosto de 2016 hasta el 13 de enero de 2020), Profesor del área de Derecho Penal de la Universidad de Los Andes (desde enero de 2020 hasta junio de 2022), Ministro de Justicia y del Derecho de Colombia (agosto de 2014 a abril de 2016), conjuez de la Sala Penal Tribunal Superior de Bogotá (1995 a 1999 y 2006 a 2009), conjuez de la Sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura (1998 a 2001), conjuez de la Sala Penal Corte Suprema de Justicia (2000 a 2014, 2021 a la fecha), Conjuez de la Corte Constitucional (2005), columnista del periódico El Espectador (2008 a 2014, 2016 a la fecha), abogado litigante (1981, 1982, 1984 a 1989, 1994 a 2014), y actualmente es el Director del área de Derecho Penal de la Universidad Externado de Colombia (desde el 23 de junio de 2022 a la fecha).


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