La violación a la obligación de proteger
Casos de abuso y explotación sexual en el marco de la operación de mantenimiento de paz en República Centroafricana
La obligación de proteger a los civiles es uno de los mandatos más importan- tes de las operaciones de mantenimiento de paz, pues tiene como propósito garantizar su bienestar, seguridad y derechos humanos. No obstante, a lo largo de los años, el personal de estas misiones ha llevado a cabo actos en su contra: homicidios, torturas y actos de abuso y explotación sexual. Esta investigación se enfoca en los últimos.
Desde 1992 se tienen registros de estas conductas, cuando el personal de ONUMOZ reclutó niñas entre los 12 y 18 años para ejercer la prostitución. A partir de ese momento, Naciones Unidas ha adoptado diferentes medidas para prevenir estos hechos e investigar, juzgar y sancionar a los responsables: resoluciones, investigaciones, capacitaciones, etcétera. Sin embargo, hasta el momento no han logrado su propósito, pues se siguen presentando este tipo de denuncias.
Esta investigación tiene como propósito conocer cómo se ha desarrollado este fenómeno en República Centroafricana, en donde el personal de la Operación Sangaris y de MINUSCA ejercieron actos de abuso y explotación sexual contra niños y niñas, para posteriormente determinar si la obligación de proteger fue violada.
JUAN CAMILO RODRÍGUEZ VIZCAÍNO es abogado de la Universidad Externado de Colombia. Actualmente es estudiante de la Especialización en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la misma universidad.
The obligation to protect civilians is one of the most important mandates of peacekeeping operations, as its purpose is to ensure their well-being, security, and human rights. However, over the years, personnel in these missions have carried out acts against them: homicides, torture, and acts of sexual abuse and exploitation. This research focuses on the latter.
Since 1992, there have been records of these behaviors when UNOMOZ personnel recruited girls between the ages of 12 and 18 to engage in prostitution. Since then, the United Nations has adopted various measures to prevent these acts and investigate, prosecute, and sanction those responsible: resolutions, investigations, training, and so forth. However, they have not yet achieved their purpose, as these types of complaints continue to arise.
This research aims to understand how this phenomenon has developed in the Central African Republic, where personnel from Operation Sangaris and MINUSCA engaged in acts of sexual abuse and exploitation against children, in order to subsequently determine if the obligation to protect was violated.
JUAN CAMILO RODRÍGUEZ VIZCAÍNO is a lawyer from the Universidad Externado de Colombia. He is currently a student in the Specialization in Human Rights and International Humanitarian Law at the same university.
CONTENIDO
LISTA DE FIGURAS
LISTA DE TABLAS
ABREVIATURAS Y SIGLAS
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
HISTORIA DE LAS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE LAS NACIONES UNIDAS
I. La creación del Sistema de Seguridad Colectiva
II. El capítulo seis y medio de la Carta de las Naciones Unidas: el origen de las operaciones de mantenimiento de la paz
III. La evolución de las operaciones de mantenimiento de la paz
A. Primera generación
B. Segunda generación
C. Tercera generación
D. Cuarta generación
CAPÍTULO 2
LA OBLIGACIÓN DE PROTEGER A LOS CIVILES
I. Orígenes de la obligación
II. La obligación y la responsabilidad de proteger
III. Fuentes normativas de la obligación de proteger
IV. ¿Está permitido el uso de la fuerza para cumplir con la obligación?
V. Cuatro problemas que se presentan al momento de cumplir la obligación de proteger
A. No hay claridad de su alcance y no existe un concepto universalmente aplicable
B. Desafíos prácticos
C. Atribución de responsabilidad
D. Problemas o retos políticos
CAPÍTULO 3
DESARROLLO Y REGULACIÓN DE LA VIOLENCIA SEXUAL POR NACIONES UNIDAS
I. Algunos de los casos más importantes de AVS cometidos por el personal de las misiones internacionales
II. La Política de tolerancia cero
III. El Informe Zeid
IV. Otras medidas contra los AVS
V. La comisión de AVS durante la pandemia del Covid-19
VI. Los AVS cometidos por el personal de las misiones internacionales a la luz del Estatuto de Roma (ER)
A. Crimen de genocidio
B. Crimen de lesa humanidad
C. Crimen de guerra
CAPÍTULO 4
ACTOS DE VIOLENCIA SEXUAL COMETIDOS POR EL PERSONAL DE LAS MISIONES INTERNACIONALES PRESENTES EN REPÚBLICA CENTROAFRICANA
I. Evolución histórica de la presencia internacional en RCA
II. Las acusaciones de AVS contra el personal de las misiones internacionales
III. El informe del grupo independiente sobre los AVS cometidos por las fuerzas internacionales de mantenimiento de la paz en la República Centroafricana
A. Los problemas que se presentaron al abordar las denuncias
1. Omisión del deber de informar de manera urgente
2. Incumplimiento del mandato de protección a los civiles las denuncias y hacer el respectivo seguimiento
3. Rendición de cuentas
4. El abuso de autoridad
B. Las recomendaciones presentadas por el grupo independiente
1. Reconocer que la violencia sexual relacionada
2. Comunicación e investigación con los conflictos constituye una violación de los derechos humanos
3. Protección de las víctimas y otros civiles
4. El derecho de las víctimas a recibir una reparación 5. Prevención mediante la rendición de cuentas
6. Prevención mediante la verificación de antecedentes y preselección
IV. Estado actual del proceso de rendición de cuentas de los responsables de los AVS
V. Los AVS cometidos por el personal de las misiones internacionales en RCA a la luz del Estatuto de Roma
A. Crimen de genocidio
B. Crímenes de lesa humanidad
C. Crimen de guerra
CONCLUSIONES
REFERENCIAS