Las generaciones de derechos fundamentales y la acción de la administración pública
El trabajo de Jorge Ivan Rincón Córdoba aporta una reflexión teóricade uno de los componentes del contenido dogmático de la Constitución Política, de los derechos fundamentales, desde una perspectiva histórica. Con un análisis profundo de los fundamentos de la clasificación, se analiza la actividad de la administración pública en relación con cada uno de los grupos de derechos, su tutela, y en general, la acción de la administración en frente de la Carta completa de los derechos administrativos, conjugando el derecho administrativo y el constitucional. de uno de los componentes del contenido dogmático de la Constitución Política, de los derechos fundamentales, desde una perspectiva histórica. Con un análisis profundo de los fundamentos de la clasificación, se analiza la actividad de la administración pública en relación con cada uno de los grupos de derechos, su tutela, y en general, la acción de la administración en frente de la Carta completa de los derechos administrativos, conjugando el derecho administrativo y el constitucional.
The work of Jorge Ivan Rincón Córdoba provides a theoretical reflection on one of the components of the dogmatic content of the Political Constitution, the fundamental rights, from a historical perspective. With a profound analysis of the foundations of classification, the activity of public administration is analyzed in relation to each of the groups of rights, their protection, and in general, the action of the administration in the face of the complete Charter of administrative rights, combining administrative and constitutional law.
CONTENIDO
AGRADECIMIENTOS
PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN
PRIMERA PARTE
CAPITULO ÚNICO
DERECHOS FUNDAMENTALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
EVOLUCIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE DOS FENÓMENOS INSEPARABLES
I. La Revolución Francesa como momento determinante en la historia: reconocimiento de derechos y libertades individuales y sometimiento de la administración pública al derecho
A. Antecedentes de las revoluciones liberales
B. La instauración de un nuevo orden social: los cambios generados a través de las denominadas revoluciones liberales, especialmente a raíz de la revolución francesa
II. Camino hacia el estado social de derecho: crecimiento de las tareas de la administración pública y consagración en los textos constitucionales de una nueva manifestación de derechos fundamentales
SEGUNDA PARTE
EL ACTUAR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FRENTE A LAS CATEGORÍAS DE DERECHOS FUNDAMENTALES RECONOCIDOS EN LA CONSTITUCIÓN DE 1991
CAPITULO PRIMERO
LOS DERECHOS SOCIALES
I. Los derechos de contenido social: ¿verdaderos derechos fundamentales o simples normas de carácter programático?
II. Derechos sociales: una verdadera dimensión
III. Los extremos del derecho social: sujetos pasivos y activos del mismo fenómeno constitucional
IV. Los derechos fundamentales -de manera especial los de contenido social- como núcleo esencial del Estado social de derecho
V. La crisis del estado social: dilema entre economía
de mercado e intervención del Estado
VI. La prestación del servicio público: argumento central de la existencia de la administración pública
CAPÍTULO SEGUNDO
LOS DERECHOS COLECTIVOS
I. La consagración constitucional de derechos colectivos: una forma adecuada de proteger intereses difusos dentro del ordenamiento jurídico
II. La actividad de la administración pública: el nuevo papel de la policía administrativa
CAPÍTULO TERCERO
LOS DERECHOS INDIVIDUALES Y LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN
I. Los derechos de corte liberal: contenido y alcance posibles actitudes de la administración pública
II. Los derechos de participación y su relación con la administración el principio de soberanía popular
A. Los derechos de participación tienen sustento en
B. Los derechos de participación vinculan directamente a la administración pública
C. Dentro de los derechos de participación se encuentra la posibilidad de acceder a los cuadros de personal de la Administración
D. Los derechos de participación implican necesariamente obligaciones positivas a cargo de la administración:
E. Los derechos de participación comprenden la existencia de mecanismos institucionales que implican una forma de comunicación entre administración y administrados
F. Se comprende también la posibilidad de instaurar Instancias de participación distintas a la de mecanismos institucionales
1. La descentralización por colaboración
2. Participación de los administrados dentro de los órganos de la administración
3. Realización por parte de los administrados de actividades de fiscalización, vigilancia y denuncia
4. Organizaciones privadas que realizan actividades que redundan en el interés general
5. El procedimiento administrativo como instrumento de participación
CONCLUSIONES
I. El concepto de derechos fundamentales sólo puede comprenderse por medio de los cambios que arroja la historia del hombre
II. La administración pública ocupa un papel protagónico en la aplicación, protección y desarrollo de derechos fundamentales
III. Los aspectos subjetivo y objetivo de los derechos fundamentales inciden de manera directa en las funciones del juez administrativo
IV. La constitución se convierte en el centro de gravedad del principio de legalidad
BIBLIOGRAFÍA
Impreso
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Jorge Iván Rincón Córdoba
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Abogado de la Universidad Externado de Colombia (2002). Diploma de Estudios Avanzados en Derecho Administrativo de la Universidad de Barcelona (2004). Doctor en Derecho Administrativo de la Universidad de Barcelona (2008
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