Los principios de la prueba en el proceso penal No.18
Los problemas procesales guardan una estrecha relación con los del derecho penal. Éste, hay que recordarlo, sólo se puede aplicar a través del derecho procesal penal. Como tantas veces se dice, con toda razón, el proceso penal es la realización del derecho penal. Derecho penal y derecho procesal penal constituyen dos ámbitos del derecho irremediablemente unidos en la práctica. Dicho en otros términos: la sanción penal sólo se puede imponer si se llega a demostrar, tras la celebración de un juicio público, en el que se practiquen con todas las garantías las pruebas de cargo que desvirtúen la presunción de inocencia, que el acusado ha realizado un hecho previsto por la ley como delito, y que esta decisión se plasme en una sentencia debidamente motivada, para que pueda ser revisada mediante un adecuado sistema de recursos. Con razón ha dicho ROXIN que" el derecho procesal penal es el sismógrafo de la Constitución".
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Manuel Jaén Vallejo
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