Nuevo régimen de insolvencia

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Esta segunda edición del Nuevo Régimen de Insolvencia, publicado inicialmente en 2007, tiene en cuenta tanto los antecedentes legislativos como las recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas para la Unificación del Derecho Mercantil Internacional -CNUDMI- en materia de insolvencia, y sigue la misma línea de trabajo, es decir, contiene los comentarios del autor a las disposiciones, las referencias jurisprudenciales de las altas Cortes y los pronunciamientos de la Superintendencia de Sociedades. 

Esta publicación se produce once años después, lo que no resulta del todo armónico con su título Nuevo Régimen; no obstante, debe tenerse en cuenta que la efusividad con que el Gobierno Nacional ha ejercido la facultad reglamentaria ha dado lugar a que se registren de manera constante y frecuente nuevas regulaciones, siendo la más reciente el Decreto 991 de 2018 que implicó un cambio en la concepción de los procesos de insolvencia más afín con una estimación procesal, lo que implica una nueva y distinta apreciación a los institutos que regula el estatuto concursal. En esa medida, el lector encontrará referencias a las disposiciones reglamentarias, las cuales exceden tanto en número como en contenido a las previstas en el estatuto concursal y que no habían sido expedidas al momento de publicarse la primera edición. 

En esta segunda edición también se tratan los principales pronunciamientos emitidos por la Superintendencia de Sociedades en sede jurisdiccional, destacándose su interés por la defensa del régimen de insolvencia; de igual manera se incluyen los conceptos que como autoridad administrativa ha emitido durante toda la vigencia del estatuto concursal, los cuales constituyen sin duda un precedente importante en la materia. La doble naturaleza de dicha entidad, es decir, como sede administrativa y jurisdiccional, permite formarse una apreciación distinta en cada una de ellas e impone al lector referirse a ambas. 

This second edition of the New Insolvency Regime, initially published in 2007, takes into account both the legislative background and the recommendations of the United Nations Commission on International Trade Law -UNCITRAL- regarding insolvency, and follows the same line of work, that is, it contains the author's comments on the provisions, the jurisprudential references of the higher courts, and the pronouncements of the Superintendence of Companies. 
This publication occurs eleven years later, which is not entirely harmonious with its title New Regime; however, it must be noted that the enthusiasm with which the National Government has exercised its regulatory power has led to constant and frequent new regulations being recorded, the most recent being Decree 991 of 2018, which implied a change in the conception of insolvency processes more in line with a procedural estimation, which implies a new and different appreciation of the institutions regulated by the bankruptcy statute. In this sense, the reader will find references to regulatory provisions, which exceed both in number and in content those provided for in the bankruptcy statute and which had not been issued at the time of the first edition. 
This second edition also addresses the main pronouncements issued by the Superintendence of Companies in a jurisdictional setting, highlighting its interest in defending the insolvency regime; likewise, the concepts that as an administrative authority it has issued throughout the validity of the bankruptcy statute are included, which undoubtedly constitute an important precedent in the matter. The double nature of said entity, that is, as an administrative and jurisdictional seat, allows for a different assessment in each of them and requires the reader to refer to both. 



 


 







M.P.: Jorge Iván Palacio Palacio M.P: Gabriel Eduardo Mendoza MarteloM. P: Gabriel Eduardo Mendoza MarteloM.P: Carlos Gaviria Díaz Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P: Jesús Vall de Rutén Ruiz M.P.: Carlos Esteban Jaramillo Schloss Auto 405-006353 del 31 de marzo de 2009




 

 Sentencia C-699 del 6 de septiembre de 2007, Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M. P.: Silvio Fernando Trejos Bueno Auto 400-011115 del 24 de agosto de 2015Auto 400-014070 del 21 de octubre de 2015Oficio 220-81635 del 18 de diciembre de 2003




 
Sentencia C-699 del 6 de septiembre de 2007, Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Nicolás Bechara Simancas M.P.: Silvio Fernando Trejos Bueno Oficio 220-271941 del 30 de noviembre de 2017 Artículo 4 Principios del régimen de insolvencia Comentarios del autor 1. La inclusión de principios es necesaria y afortunada 2. La crisis de los principios o su replanteamiento3. La universalidad 3.1. La universalidad subjetiva3.2. La universalidad objetiva 4. Igualdad o par conditio creditorum 4.1. Noción general 4.2. Expresiones del principio de igualdad 4.3. Precisiones sobre el principio de igualdad 4.4. Matización de la igualdad 5. Eficiencia 6. Información 7. Negociabilidad 8. Reciprocidad 9. Gobernabilidad económica10. Oficiosidad Jurisprudencia de la Corte ConstitucionalM.P: Gabriel Eduardo Mendoza MarteloM.P: Luis Ernesto Vargas Silva M.P: Jorge Iván Palacio Palacio M.P: Martha Victoria Sáchica Méndez M.P.: Eduardo Montealegre Lynétt Sentencia T-065 del 2000,M.P: Marco Gerardo Monroy Cabra Sentencia T-299 de 1997,Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Ariel Salazar Ramírez Audiencia Resolución de Objeciones, Rad. 400-001404Auto 405-006353 del 31 de marzo de 2009Auto 400-018653 del 15 de diciembre de 2016Auto 400-010679 del 13 de agosto de 2015 Concepto 220-112800 del 30 de diciembre de 1999 Artículo 5 Facultades y atribuciones del juez del concurso Comentarios del autor 1. Análisis del numeral primero 2. Análisis del numeral segundo 3. Análisis del numeral tercero 4. Análisis del numeral cuarto 5. Análisis del numeral quinto 6. Análisis del numeral sexto 7. Análisis del numeral séptimo 8. Análisis del numeral octavo 9. Análisis del numeral noveno 10. Análisis del numeral décimo 11. Análisis del numeral decimoprimero Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Fernando Giraldo Gutiérrez M.P.: Nicolás Bechara Simancas M.P.: Aroldo Wilson Quiroz Auto 400-010397 del 6 de agosto de 2015Auto 400-013190 del 2 de septiembre de 2016Auto 400-007750 del 28 de mayo de 2015 Artículo 6Competencia Comentarios del autor 1. Competencia dual en materia de procesos de insolvencia 2. Precisiones acerca del ejercicio de funciones jurisdiccionales de las autoridades administrativas 2.1. Tiene alcance restrictivo 2.2. Tiene carácter excepcional 2.3. Límites a las funciones jurisdiccionales de la Administración 2.4 Independencia e imparcialidad de la función judicial 3. Procesos de única instancia 4. Concurrencia de atribuciones jurisdiccionales y administrativas Jurisprudencia de la Corte ConstitucionalM.P.: Luis Ernesto Vargas Silva M.P.: Nilson Pinilla Pinilla M.P.: Alejandro Martínez Caballero Sala de Casación Civil. Sentencia del S de julio de 2016,




Jurisprudencia del Consejo de Estado C.P.: Enrique José Arboleda PerdomoArtículo 8 Incidentes y actos de trámite Comentarios del autor 1. Las cuestiones accesorias suscitadas en el curso del proceso de insolvencia 2. Los actos de trámite Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia 


















Sentencia C-625 del 29 de julio de 2003, Suprema de Justicia M.P.: Jorge Mauricio Burgos Ruiz Concepto 155-2001-01-013896 del 22 de marzo de 2001 Artículo 10 Otros presupuestos de admisión Comentarios del autor 1. No vencimiento del plazo para enervar las causales de disolución 2. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales 3. Obligaciones pensionales 4. Obligaciones por retenciones y seguridad social 5. Prelación Jurisprudencia de la Corte ConstitucionalM.P.: Rodrigo Escobar Gil M.P: Marco Gerardo Monroy Cabra M.P.: Eduardo Cifuentes MuñozM.P.: Eduardo Montealegre Lynett Sala de Casación Civil. Sentencia del 2 de diciembre de 2015,Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Auto 400-001664 del 5 de febrero de 2018 Artículo IILegitimación Comentarios del autor 1. La legitimación depende de la causal invocada 2. Legitimación en el caso de cesación de pagos 3. Legitimación de la entidad de supervisión 4. Legitimación en el caso de incapacidad de pago inminente 5. Legitimación en el caso de un proceso de insolvencia extranjero 6. Comparecencia de los acreedores al proceso 7. Denuncia de los órganos de fiscalización Artículo 12 Matrices, controlan tes, vinculados y sucursales de sociedades extranjeras en ColombiaComentarios del autor 1. La insolvencia de grupos como una realidad del derecho concursal contemporáneo 2. La reglamentación en materia de grupos 2.1. Sujetos 2.2. La coordinación de los procesos 2.3. Personificación jurídica y autonomía de los distintos sujetos2.4. Legitimación 2.5. Ampliación de competencia2.6. Acciones revocatorias 3. Solicitud formulada por varios sujetos con una misma vinculación económica 4. No se requiere una situación de control societario previamente reconocida 5. La vinculación genera un fuero de atracción en materia de competencia 6. Independencia jurídica y patrimonial 7. Apertura del proceso de insolvencia de la sucursal de una sociedad extranjera Jurisprudencia del Consejo de Estado Sentencia del 25 de febrero de 2000,C.P.: Olga Inés Navarrete Barrero Artículo 13 Solicitud de admisiónComentarios del autor 1. Contradicción con el artículo 11 de la ley 2. Modificación de la regulación contable en el país bajo los nuevos marcos técnicos normativos3. Análisis de los requisitos de la solicitud 3.1. Estados financieros de los tres últimos ejercicios, y los dictámenes si existen 3.2. Estados financieros de propósito general con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la solicitud3.3. Un inventario de activos y pasivos con corte en la misma fecha indicada en el numeral anterior, debidamente certificado, suscrito por contador público o revisor fiscal, según sea el caso3. Memoria explicativa de la situación de crisis del deudor 3.5. Flujo de caja para atender el pago de las obligaciones 3.6. Plan de negocios que contemple la reestructuración financiera, operativa y operacional 3.7. Proyecto de calificación y graduación de créditos 3.8. Proyecto de determinación de derechos de voto 4. Requisitos para el caso de la solicitud presentada por los acreedores Jurisprudencia de la Corte Constitucional Sentencia C-290 de 1997, M.P.: Jorge Arango Mejía Artículo 14 Admisión o rechazo de la solicitud de inicio del proceso Comentarios del autor 1. Término para que el juez decida 2. Inadmisión de la solicitud 3. Rechazo de la solicitud 4. Solicitud presentada por los acreedores 5. Los términos previstos por la norma son legales y por tanto improrrogables Artículo 15 Inicio de oficio Comentarios del autor1. Iniciación oficiosa de un proceso de reorganización por la superintendencia de sociedades 1.1. Sociedades sujetas a su vigilancia y control 1.2. Sociedades sujetas a la inspección y vigilancia de otra entidad cuando exista una solicitud expresa de esta para iniciar el proceso 1.3. Insolvencia de grupos empresariales o sujetos con vinculación económica 1.4. Trámite en el caso de iniciación oficiosa 2. Iniciación oficiosa de un proceso de reorganización por los jueces civiles del circuito Jurisprudencia de la Corte Constitucional 





 







 



 








Sentencia T-760 del 31 de octubre de 2013,Sentencia C- 1143 de 2001,M.P.: Eduardo Montealegre Lynett Sala de Casación Penal. Sentencia del 12 de octubre de 1999,Doctrina de la Superintendencia de SociedadesAuto 400-006518 del 8 de mayo de 2018 Auto 430-012214 del 17 de septiembre de 2015Oficio 220-282481 del 7 de diciembre de 2017 Capítulo IIIInicio del proceso Artículo 18 Inicio del proceso de reorganización Comentarios del autor 1. Otras órdenes contenidas en la providencia de apertura sí son susceptibles de impugnación 2. Aplicación de la teoría del antiprocesalismo al régimen de insolvencia Jurisprudencia de la Corte Constitucional Sentencia C-233 de 1997, M.P.: Fabio Morón DiazAuto 400-0140070 de 21 de octubre de 2015Artículo 19 Inicio del proceso de reorganización Comentarios del autor 1. El numeral primero, hoy derogado, referente a la designación del promotor 1.1. Redacción inicial 1.2. La Ley 1380 de 20101.3. La Ley 1564 de 2012 1.4 Estado actual de la disposición 1.5. La reforma introducida por la Ley 1429 de 2010 2. Inscripción del auto de inicio del proceso de reorganización en el registro mercantil de la cámara de comercio correspondiente al domicilio del deudor y de sus sucursales, o en el registro que haga sus veces 3. Presentación del proyecto de calificación y graduación de créditos y derechos de voto 3.1. Está a cargo del promotor y es indelegable 3.2. Debe ser ejecutada en el plazo dispuesto por el juez3.3. Recae sobre todas las acreencias a cargo del deudor causadas con antelación a la apertura del proceso de reorganización3.4 El primer elemento para la tarea es la contabilidad del deudor 4. Traslado del proyecto de calificación y graduación de los créditos, determinación de los derechos de voto presentados por el promotor, e inventario inicial actualizado presentado por el deudor 5. Publicidad de la situación financiera del deudor 6. Prevención al deudor sobre no ejecución de operaciones 7. Decreto de medidas cautelares 7.1. Son discrecionales del juez 7.2. El decreto de medidas cautelares es nominado7.3. El decreto de cautelas no requiere de caución 7.4. Las medidas cautelares innominadas en el proceso de reorganización 8. Fijación de un aviso relativo a la iniciación del proceso en la sede y sucursales del deudor 9. Información a los acreedores acerca del inicio del proceso de reorganización 10. Remisión de copia de la providencia de apertura al Ministerio de la Protección Social, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, ya la superintendencia que ejerza la vigilancia o control del deudor 11. Fijación en las oficinas del juez concursal de un aviso que informe acerca de la existencia del proceso 12. Reemplazo del promotorJurisprudencia de la Corte ConstitucionalM.P.: Jorge Ignacio Pretelt ChaljubM.P.: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub Sala de Casación Civil. Sentencia del 3 de julio de ZO13,Doctrina de la Superintendencia de SociedadesAuto 400-006295 del 22 de marzo de 2017Auto 400-0014367 del 26 de octubre de 2016



 

 


Sentencia T-760 del 31 de octubre de 2013,Sentencia T-38 1 de 2004, M.P.: Jaime Araújo Rentería Sala de Casación Civil. Sentencia del 5 de octubre de 1992,Sala de Casación Civil. Sentencia del 14 de ofebrero de 2019,Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Auto 400-000140 del 4 de enero de 2017 Oficio 220-047038 del 26 de febrero de 2016 








 Sentencia C-620 del o de agosto de 2012, Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia Radicación 11001 -31 -03-007-2007-00606-01, Sala de Casación Civil. Sentencia del 5 de octubre de 1992,Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Oficio 220-118080 del 13 de junio de 2017 Oficio 155-65452 del 11 de octubre de 2000  




 
Oficio 400-30034 del 28 de abril de 2000  


Oficio 220-69545 del 1 de noviembre de 2000



 
 


Oficio 220-115169 del 7 de octubre de 2011Oficio 220-178005 del 11 de agosto de 2017Oficio 340-52022 del 18 de agosto de 2000Oficio 220-67772 del 24 de octubre de 2000 Artículo 25 Créditos Comentarios del autor 1. Relación de las acreencias 2. Créditos litigiosos y obligaciones condicionales 3. Las obligaciones litigiosas no tienen la condición de gastos de administración Doctrina de la Superintendencia de SociedadesOficio 155-024024 del 22 de mayo de 2002 Sumario, artículo 37 de la Ley 550 de 1999. Escobar y Arias S.A. vs. Fábrica de Licores del Tolima en Reestructuración Artículo 26 Acreencias no relacionadas por el deudor o el promotorComentarios del autor 1. En el proceso de reorganización hay acreedores extemporáneos 2. Sanción por extemporaneidad. Admisión de créditos extemporáneos  3. Responsabilidad por no relación de acreedoresJurisprudencia de la Corte Constitucional 





Oficio 155-71317 15 de noviembre de 2000 Artículo 28 Subrogación y cesión de acreencias Comentarios del autor Doctrina de la Superintendencia de Sociedades 
 
  



  
 




Sala de Casación Civil. Sentencia 5682 del 27 de abril de 2017, M.P.: Ariel Salazar Ramírez Audiencia de resolución de objeciones Bayco Internacional S.A.S. del 9 de julio de 2017 Auto 400-009736 del 22 de junio de 2016




 
Sentencia T-954 del 7 de octubre 2004, M.P.: Álvaro Tafur Galvis Auto 400-006511 del 8 de mayo de 2018Capítulo VIAcuerdo de reorganización Artículo 31 Término para celebrar el acuerdo de reorganización Comentarios del autor 1. Plazo para la celebración del acuerdo e imposibilidad de prorrogarse 2. Pluralidad de categorías de acreedores para la celebración del acuerdo 3. Mayorías para la celebración del acuerdo 4. Consecuencias por la no celebración del acuerdo de reorganización en el plazo establecido por la ley 5. Acreedores internos 6. Reforma del acuerdo 7. Limitaciones al contenido del acuerdo cuando la mayoría de votos provengan de los acreedores internos o vinculados Jurisprudencia de la Corte Constitucional Oficio 220-216105 del 05 de octubre de 2017 







Sentencia C-854 de 2005, M.P.: Alfredo Beltrán SierraM.P.: Luis Armando Tolosa Villabona Oficio 220-089122 del 17 de junio de 2014 Artículo 33 Mayoría especial para las rebajas al capital Comentarios del autor Jurisprudencia de la Corte Constitucional 











 





Sentencia T-441 de 2002, M.P.: Marco Gerardo Monroy Cabra Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Fernando Giraldo Gutiérrez Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Oficio 220-068142 del 19 de mayo de 2015Oficio 220-024015 del 6 de marzo de 2013


 
























Oficio 220-231099 del 20 de octubre de 2017










 


 







 Auto 400-006070 del 21 de abril de 2016Auto 400-011115 del 24 de agosto de 2015 Artículo 38 Efectos de la no presentación o falta de confirmación del acuerdo de reorganización Comentarios del autor 1. Disolución de la persona jurídica 2. Separación de los administradores 3. Terminación de contratos 4. Terminación de pleno derecho de los encargos fiduciarios y los contratos de fiducia mercantil celebrados por el deudor con el fin de garantizar obligaciones propias o ajenas 5. Exclusión de los efectos de la liquidación para contratos relacionados con emisión de valores en el mercado público Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Auto 400-006255 del 22 de marzo de ZO17 Artículo 39 Publicidad y depósito del acuerdoComentarios del autor 1. Regla aplicable a los acuerdos de reorganización y adjudicación 2. Inscripción de la providencia de confirmación del acuerdo de reorganización o adjudicación en el registro mercantil 3. Depósito del acuerdo 4. Gastos del procesoCapítulo VII Efectos, ejecución y terminación de los acuerdos de reorganización y de adjudicación Artículo 40 Efecto general del acuerdo de reorganización y del acuerdo de adjudicación Comentarios del autor 1. Oponibilidad del acuerdo de reorganización y de adjudicación2. Exoneración de renta presuntiva al deudor 3. Devolución de sumas por retención en la fuente del impuesto de renta 3.1. Sujetos que pueden solicitarla 3.2. Objeto 3.3. Período objeto del beneficio 3.4 Cumplimiento de los requisitos generales y específicos Jurisprudencia de la Corte Constitucional Sentencia C-625 del 29 de julio de 2003,  Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Carlos Esteban Jaramillo Schloss Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta.Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Oficio 220-130146 del 28 de junio de 2016  Artículo 41Prelación de créditos y ventajas Comentarios del autor 1. Tendencia contemporánea a dar libertad a las partes2. Contenido de la disposición 3. La norma sólo aplica en el acuerdo de reorganización 4. Flexibilización de la prelación legal 4.1. La flexibilización debe adoptarse con una mayoría igualo superior al 60% de los derechos de voto4.2. Que tenga como finalidad facilitar la celebración del acuerdo de reestructuración 4.3. Que no se degrade a ningún acreedor 4.4. La flexibilización no puede afectar la prelación de determinados créditos 5. Compartir la preferencia de las obligaciones de la Dian y demás autoridades fiscales 6. Ventajas otorgadas a los acreedores 7. La renuncia a la prelación y sus efectos en los procesos liquidatorios Jurisprudencia de la Corte Constitucional Sentencia C-092 de 2002, M.P.: Jaime Araújo Rentería Oficio 220-033322 del 9 de abril de 2013Oficio 220-080864 del 11 de septiembre de 2012 Sentencia del 5 de marzo de 2004. Ref: Proceso VerbalArias S.A. vs. Fábrica de Licores del Tolima en Reestructuración Artículo 42 Flexibilización de las condiciones de aportes al capital Comentarios del autor Doctrina de la Superintendencia de Sociedades 






 



Oficio 220-050986 del 10 de abril de 2018 Artículo 44 Reformas estatutarias y enajenación de establecimientos de comercio y disposición de activos dentro del acuerdo de reorganización Comentarios del autor 1. Los órganos sociales no son sustituidos por la voluntad de los acreedores en el acuerdo de reorganización 2. No aplicación de algunas de las reglas del Código de Comercio en caso de fusiones y escisiones 3. Enajenaciones de establecimientos de comercio 4. Inscripción en el registro mercantil Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Artículo 45 Causales de terminación del acuerdo de reorganización (Conc. Ley 1116, art. 71) Comentarios del autor 1. Cumplimiento del acuerdo de reorganización 2. Incumplimiento del acuerdo que no fue subsanado en la audiencia 3. No atención oportuna de mesadas pensionales, aportes al sistema de seguridad social y demás gastos de administración Jurisprudencia de la Corte Constitucional Corte Suprema de Justicia M.P: Fernando Giraldo Gutiérrez M.P.: Fernando Castillo Cadena Oficio 220-283184 del 11 de diciembre de 2017Oficio 220-001937 del 17 de enero de 2017







 






Sentencia T-149 del 31 de marzo de 2016,Sentencia T-316 del 7 de mayo de 2009,Doctrina de la Superintendencia de SociedadesOficio 220-031787 del 20 de febrero de 2011 Artículo 48 Providencia de apertura Comentarios del autor 1. Nombramiento de un liquidador2. Restricción de la capacidad del deudor 3. Decreto de medidas cautelares e inscripción de la providencia4. Fijación de un aviso 5. Presentación de acreencias5.1. Término 5.2. Ante quién se presenta la reclamación crediticia 5.3. Prueba de la acreencia 5.4.  Los acreedores reconocidos en el mecanismo recuperatorio no tienen que presentar nuevamente sus créditos en el proceso de liquidación judicial 5.5. Remisión a las reglas del proceso de reorganización 5.6. Regulación procesal 5.7. Procesos ejecutivos contra el deudor y su reconocimiento dentro del proceso 5.8. Informe de objeciones, conciliación y créditos 6. Remisión de copia de la providencia de apertura 7. Inscripción en el registro mercantil del aviso de expedición de la providencia de inicio del proceso 8. Oficiar a los jueces que conozcan de procesos de ejecución o de aquellos en los cuales se esté ejecutando la sentencia 9. Elaboración de inventario y valoración de los activos del deudor9.1. Inventario9.2. Valoración 9.3. Valoración de inventarios como bienes aislados9.4.Factor temporal 9.5. La posibilidad del auxiliar de acudir a avaluadores 10. Informe inicial del liquidadorJurisprudencia de la Corte ConstitucionalM.P.: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo Sentencia T-734 del 30 de septiembre de 2014, Sentencia T-776 de 2004, M.P.: Manuel José Cepeda EspinosaJurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Alberto Ospina Botero Auto 400-013190 del 2 de septiembre de 2016Oficio 220-104871 del 9 de septiembre de 2011Oficio 220-65478 del 13 de julio de 1999 























Oficio 220-227239 del 17 de octubre de 2017  Artículo 50 Efectos de la apertura del proceso de liquidación judicial Comentarios del autor 1. La disolución de la persona jurídica 2. La cesación de funciones de los órganos sociales y de fiscalización de la persona jurídica si los hubiere 3. La separación de todos los administradores4. Terminación de contratos 5. Terminación de contratos de trabajo 6. Información al Ministerio de Trabajo (antes de Protección Social) 7. Finalización de los encargos fiduciarios y contratos de fiducia mercantil con fines de garantía 7.1. La norma comentada, el parágrafo del artículo 55 de la Ley 1116 de 2006 y la Ley de Garantías Mobiliarias 8. Interrupción del término de prescripción e inoperancia de la caducidad9. Exigibilidad de todas las obligaciones a plazo del deudor 10. Prevención a los deudores del concursado de que sólo pueden pagar al liquidador 11. Prohibición de disposición de activos, de efectuar pagos o arreglos de obligaciones 12. Remisión al juez del concurso de todos los procesos de ejecución contra el deudor 13. Preferencia de las normas del proceso de liquidación judicial sobre cualesquiera otras que les sean contrarias 14. Exclusiones de los efectos de la liquidación Jurisprudencia de la Corte ConstitucionaM.P.: Luis Ernesto Vargas Silva M.P.: Gabriel Eduardo Mendoza MarteloM.P.: Luis Ernesto Vargas Silva Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Jorge Mauricio Burgos Ruiz M.P.: Héctor Marín Naranjo Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. Doctrina de la Superintendencia de SociedadesRegional Cali. Auto 620-002973 del 27 de julio de 2015Oficio 220-113372 del 30 de septiembre de 2011Oficio 220-138241 del 3 de octubre de 2013


 Auto 405-005636 del 8 de junio de 2012 

  Auto 400-009849 del 8 de junio de 2017 Artículo 53 Inventario de bienes, reconocimiento de créditos y derechos de voto Comentarios del autor 1. El trípode de las actuaciones procesales en la liquidación judicial 2. El trípode de las actuaciones cuando la liquidación judicial está precedida de un proceso de reorganización 3. El trípode de las actuaciones cuando la liquidación judicial no está precedida de un proceso recuperatorio 4. Remisión al proceso de reorganización en cuanto a la contradicción del inventario, calificación y graduación y derechos de voto 5. Los derechos de voto en los procesos de liquidación judicial Jurisprudencia de la Corte Constitucional M.P.: Luis Ernesto Vargas Silva Auto 400-008679 del 1 de junio de 2016 Artículo 54 Medidas cautelares Comentarios del autor Jurisprudencia de la Corte Constitucional Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Eduardo López Villegas e Isaura Vargas Díaz Oficio 220-034926 del 25 de mayo de 2012Acta de resolución de objeciones de Bayco Internacional S.A.S. del 4 de julio de 2017 Artículo 55 Bienes excluidos Comentarios del autor 1. Apreciaciones generales2. Alcance del parágrafo de la norma 2.1. Que se trate de bienes transferidos a una fiducia mercantil con fines de garantía 2.2. Que los bienes hayan sido aportados por el deudor 2.3. Que los bienes hayan sido transferidos para obtener financiación 2.4. Que el contrato de fiducia mercantil haya sido inscrito en el registro mercantil o en el que corresponda de acuerdo con la naturaleza de los bienes 2.5. Vigencia del parágrafo 3. El artículo 52 de la Ley 1676 de 20133.1. Oportunidad 3.2. Contenido de la petición del acreedor3.3. Contrato de fiducia en garantía 3.4. Trámite de la solicitud de exclusión 3.5. Los acreedores garantizados deben concurrir al proceso de liquidación judicial 3.6. Tratamiento para el acreedor garantizado cuando el valor del bien excede la obligación 3.7. Los bienes objeto de leasing financiero y su exclusión Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo Auto 400-017527 del 28 de diciembre de 2015 








Sentencia T-199 de 2004, M.P.: Clara Inés Vargas Hernández Doctrina de la Superintendencia de Sociedades 




 Auto 400-013684 del 21 de octubre de 2018Oficio 220-025448 del 12 de marzo de 2013Oficio 220-050850 del I7 de agosto de 2010 Artículo 58 Reglas para la adjudicación Comentarios del autor 1. La extinción de las obligaciones 2. La adquisición de los activos por los acreedores 3. La adjudicación realiza el principio de universalidad objetiva. Carácter omnicomprensivo 4. Respeto a la prelación legal 5. Respeto a la igualdad 6. Reglas para la adjudicación 7. Preferencia de la adjudicación en bloque 8. Ventajas tributarias y, en general, facilidad de la transferencia 9. Obligaciones propter rem y adjudicación de los activos10. Reglamentación de la disposición Doctrina de la Superintendencia de SociedadesOficio 220-208904 del 25 de noviembre de 2016

 





Sala de Casación Civil. Sentencia 11027 del 21 de agosto de 2015 Oficio 220-002001 del 18 de enero de 2016Oficio 220-181905 del 19 de diciembre de 2012Oficio 220-093038 del 18 de octubre de 2012 Artículo 60 Obligaciones a cargo de los socios Comentarios del autor 1. Responsabilidad subsidiaria de los socios 2. Legitimación por activa 3. Autoridad ante quien se hace efectiva la responsabilidad 4. Vehículo para hacer efectiva la responsabilidad 5. Defensa de los socios Doctrina de la Superintendencia de SociedadesOficio 220-077264 del 27 de junio de 2011















 
 Sentencia T-402 de 2006, M.P.: Alfredo Beltrán Sierra Sentencia SU-636 de 2003, M.P.: Jaime Araújo Rentería Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil. Sentencia del 3 de agosto de 2006, Jurisprudencia del Consejo de Estado C.P.: Olga Inés Navarrete Barrero Sentencia 820-000054 del 9 de junio de 2016



Sentencia C-625 del 29 de julio de 2003,



Auto 400-005271 del 17 de abril de 2018 Artículo 64 Adjudicación adicional Comentarios del autorArtículo 65 Rendición de cuentas finales Comentarios del autorArtículo 66 Acuerdo de reorganización dentro del proceso de liquidación judicial Comentario del autor 1. Término para celebrar el acuerdo 2. Sujetos legitimados para proponer la celebración del acuerdo3. Señalamiento de audiencia con miras a la celebración del acuerdo 4. Aplicación de las reglas previstas para el acuerdo de reorganizaciónDoctrina de la Superintendencia de Sociedades Auto 400-018566 del 14 de diciembre de 2016 Título IIDisposiciones comunes Artículo 67 Promotores o liquidadores Comentarios del autor1. Designación de los auxiliares de la justicia, promotores y liquidadores 2. Vínculo de los auxiliares de la justicia con el juez del concurso 3. Sustitución de los auxiliares de insolvencia 4. Recusación y remoción de los auxiliares de la justicia 5. Restricción numérica Doctrina de la Superintendencia de SociedadesAuto 400-013190 de 2 de septiembre de 2016






 
Sentencia del 5 de marzo de 2004. Ref: Proceso Verbal Sumario Artículo 37 de la Ley 550 de 1999. De Escobar y Arias S.A. vs. Fábrica de Licores del Tolima en Reestructuración Artículo 69 Créditos legalmente postergados en el proceso de reorganización y de liquidación judicial Comentarios del autor 1. Aproximación 2. Concepto 2.1. ¿Cómo describe la ley la postergación? 3. Supuestos 3.1 Acreencias con personas especialmente relacionadas con el deudor 3.1.1. ¿Quiénes son personas especialmente relacionadas con el deudor? 3.1.2. Excepción a la postergación 3.2. Segundo supuesto de postergación 3.3. Créditos de acreedores que intenten sustraerse de las reglas del concurso 3.3.1. Los créditos de acreedores que intenten pagarse por su propia cuenta a costa del patrimonio del deudor3.3.2. Los acreedores que incumplan con las obligaciones pactadas en el acuerdo de teorganización o en el proceso de liquidación judicial 3.4. Valores derivados de sanciones pactadas mediante acuerdos de voluntades 3.5. Las obligaciones que teniendo la carga de presentarse al trámite de liquidación judicial no lo hicieren dentro de los términos fijados en la ley 3.6. El valor de los intereses en el proceso de liquidación judicial 3.7. Los demás cuya postergación está expresamente prevista en la ley 3.7.1. Postergación por estipulaciones contrarias al concurso recuperatorio3.7.2. Postergación por haberse producido pagos de obligaciones después de iniciado el concurso 4. ¿Cuándo y dónde se hace efectiva la postergación? 5. Conclusiones Jurisprudencia de la Corte ConstitucionalM.P: Manuel José Cepeda EspinosaSala de Casación Civil. Sentencia del 10 de junio de 2015,Doctrina de la Superintendencia de SociedadesAuto 400-014040 del 21 de octubre de 2015 Artículo 70 Continuación de los procesos ejecutivos en donde existen otros demandados Comentarios del autor 1. Carácter sustancial de la disposición 2. La aplicación de la norma no está sujeta al inicio de un proceso ejecutivo 3. Conducta del juez que conoce del proceso ejecutivo contra el deudor concursado y los codeudores solidarios 4. Deberes del acreedor que hace efectiva la solidaridad 5. El acuerdo de reorganización y la solidaridad 6. Eliminación de la reserva de la solidaridadJurisprudencia de la Corte Constitucional Sentencia T-316 del 7 de mayo de 2009, Doctrina de la Superintendencia de SociedadesOficio 220- 121582 del 24 de octubre de 2011 





Sentencia T-503 de 2002, Reiteración de Jurisprudencia,Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: Margarita Cabello Blanco M.P: Fernando Castillo Cadena M.P: Fernando Giraldo Gutiérrez Auto 400-006852 del 9 de julio de 2012 Oficio 220-059591 del 17 de diciembre de 2007Oficio 220-016 del 30 de enero de 2000 







Sala de Casación Civil. Sentencia del 30 de septiembre de 2002,Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Artículo 73 Servicios públicos Comentarios del autor 1. No suspensión de los servicios públicos domiciliarios por el hecho de iniciar un proceso de insolvencia 2. La no suspensión y el restablecimiento se aplican también al proceso de liquidación judicial 3. Los valores por la prestación durante el proceso serán pagados de preferencia 4. La prestación de los servicios públicos y la conservación de los activosJurisprudencia de la Corte Constitucional M.P.: Alejandro Martínez Caballero Oficio 155-74311 del 6 de diciembre de 2000 Artículo 74 Acción revocatoria y de simulación Comentarios del autor 1. Las acciones revocatorias concursales 2. Generalidades 2.1. Naturaleza jurídica de la acción revocatoria concursal2.2. Período de sospecha 2.3. Determinación del período de sospecha 2.4. Características de la acción revocatoria concursal 3. La acción revocatoria concursal en la Ley 1116 de 20063.1. Un único régimen de acciones revocatorias 3.2. El juez del proceso concursal es el competente para conocer de las acciones revocatorias3.3. El período de sospecha es definido por la ley3.4. Daño para los acreedores 3.5. Buena fe 3.6. Hechos objeto de revocación3.7. Establecimiento de recompensas 4. Reglas particulares de acciones revocatorias en materia de grupos empresariales 4.1. Aspectos a considerar sobre la procedencia de la revocación4.2. Período de sospecha Jurisprudencia de la Corte ConstitucionalM.P.: Jorge Iván Palacio PalacioSala de Casación Civil. Sentencia del 21 de junio de 2005,Sala de Casación Civil. Sentencia del 24 de julio de 2002,Sala de Casación Civil. Sentencia del 13 de octubre de 1993,

Sentencia 400-000019 del 4 de marzo de 2015
Auto 400-000II2 del 1 de septiembre de 2015
Sentencia 480-000096 del 28 de julio de 2015 1.3. Período de sospecha Sentencia 480-000096 del 28 de julio de 2015Sumario. Artículo 39 de la Ley 550 de 1999. 
Sentencia 400-000112 del 1.° de septiembre de 20151.5. Buena fe Sentencia 400-000112 del 1.° de septiembre de 2015 1.6. Hechos objeto de revocación 







  

Sentencia C-1143 de 2000, M. P.: Carlos Gaviria Díaz Sala de Casación Laboral. Sentencia del 11 de febrero de 2015,Sala de Casación Civil. Sentencia del 2 de marzo de 2016,Sala de Casación Civil. Sentencia del 5 de julio de 2016, Sala de Casación Laboral. Sentencia del 1.° de junio de 2016,Doctrina de la Superintendencia de Sociedades 
Sentencia 400-006301 del 28 de abril de 2015Sentencia 480-000066 del 10 de junio de 2015









  
  
Sentencia C-345 del 24 de mayo de 2017,entencia C-102 del 11 de marzo de 2015,Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia M.P.: César Julio Valencia Copete M.P.: Héctor Marín Naranjo Auto 400-005513 del 12 de abril de 2016 Artículo 77 Procesos ejecutivos alimentarios en curso Comentarios del autor Jurisprudencia de la Corte Constitucional

 









 
Oficio 220-140799 del 20 de octubre de 2015 Artículo 79 Facultades de los apoderados Comentarios del autor Doctrina de la Superintendencia de Sociedades Sentencia del 5 de marzo de 2004. Ref: Proceso Verbal Sumario, Artículo 37 de la Ley 550 de r999. De Escobar y Arias S.A. vs. Fábrica de Licores del Tolima en Reestructuración Artículo 80 Funciones de conciliación de las superintendencias Comentarios del autor Artículo 81Peritos y avaluadoresComentarios del autor 1. Alcances de la disposición y su reglamentación 2. Eventos de designación de auxiliares de la justicia 2.1. Artículo 42 2.2. Artículo 48, numeral 83. Reglas para ventas en bloque Artículo 82 Responsabilidad civil de los socios, administradores, revisores fiscales y empleados Comentarios del autor 1. Naturaleza de la acción consagrada en la norma 2. Sujetos objeto de la responsabilidad 3. Supuestos que dan lugar a la responsabilidad 4. Ámbito temporal 5. Eximentes de responsabilidad 6. Responsabilidad de la persona jurídica que tenga la condición de administrador 7. Carencia de efectos de las cláusulas exonerativas 8. Legitimación por activa 9. Autonomía de la reglas de responsabilidad 10. Competencia y trámite de la acción de responsabilidad Jurisprudencia de la Corte Constitucional Doctrina de la Superintendencia de SociedadesAuto 400-00237 del 4 de enero de 2018 Oficio 220-163204 del 13 de noviembre de 2013







 

 


 
 
Auto 405-008655 del 2 de junio de 2011Auto 400-008165 del 4 de junio de 2014

  







 








Oficio 220-059793 abril 3 de 2009 







Auto 400-000416 del 10 de junio de 2016 Artículo 86 Casos de insolvencia transfronteriza Comentarios del autor 1. Un tribunal o un representante extranjero solicite asistencia en la República de Colombia en relación con un proceso extranjero2. Se solicite la asistencia en un Estado extranjero en relación con un proceso tramitado con arreglo a las normas colombianas relativas a la insolvencia 3. Estén tramitándose simultáneamente y respecto de un mismo deudor un proceso extranjero y un proceso en la República de Colombia 3.1. Unidad-universalidad 3.2. Pluralidad-territorialidad 3.3. Tendencia ecléctica o intermedia. Universalidad calificada o moderada 4. Los acreedores u otras personas interesadas que estando en un Estado extranjero tengan interés en solicitar la apertura de un proceso, o en participar en un proceso en curso con arreglo a las normas colombianas relativas a la insolvencia Artículo 87Definiciones Comentarios del autor Doctrina de la Superintendencia de Sociedades 

























 
 





 
  Oficio 220-286651 del 20 de diciembre de 2017 Capítulo III Reconocimiento de un proceso extranjero y medidas otorgables Artículo 100 Solicitud de reconocimiento de un proceso extranjero Comentarios del autor Artículo 101 Presunciones relativas al reconocimientoComentarios del autor Artículo 102 Medidas otorgables a partir de la solicitud de reconocimiento de un proceso extranjero Comentarios del autor 1. Legitimación2. Las medidas tienen carácter temporal 3. Las medidas deben ser urgentes y necesarias 4. El decreto de las medidas está al arbitrio del juez 5. Las medidas se sujetan a las reglas del Código General del Proceso6. Contenido de las medidasArtículo 103 Providencia de reconocimiento de un proceso extranjero Comentarios del autor 1. Finalidades del reconocimiento de un proceso extranjero 2. La competencia de la autoridad a quien se solicita el reconocimiento comporta un examen formal 3. Condiciones para el reconocimiento de un proceso extranjero 4. Modalidades de reconocimiento 5. Revocatoria o modificación del reconocimiento Doctrina de la Superintendencia de Sociedades 




 





Auto 400-000416 de 10 de junio de 2016







 


  







 









 




 
 











Oficio 220-119787 del 30 de septiembre de 2009 Artículo 118 Solicitudes de promoción y de liquidación obligatoria en curso Comentarios del autor Artículo 119 Reglas de la Ley 550 de 1999 aplicables a las liquidaciones obligatorias en curso Comentarios del autor Artículo 120 Exclusión de la lista, cesación de funciones, remoción, recusación, impedimentos y procesos judiciales previstos en la Ley 550 de 1999 Comentarios del autor Artículo 121 Contribuciones Comentarios del autor 1. Contribuciones 1.1. Finalidad1.2. Sociedades objeto de la contribución 1.3. Cálculo de la contribución1.3.1. Quién la calcula1.3.2. Criterios para fijarla 1 4.







 








 
Oficio 220-091844 del 12 de septiembre de 2008 






Sentencia T-052 de 2003, Sentencia C-I 143 de 2001, Sentencia C-493 de 2002, Sentencia T-OI4 de 2005, Jurisprudencia del Consejo de Estado Sentencia del 10 de septiembre de 2003, C.P.: Ligia López DíazArtículo 126Vigencia Comentarios del autor1. Vigencia 2. Carácter preferente de las disposiciones del Estatuto de Insolvencia 

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LAW014000 LEY > Comercial > General
LAW014000 Derecho mercantil
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  1. Nombre
    • Juan José Rodríguez Espitia


    • Abogado de la Universidad Externado de Colombia, especializado Derecho Comercial y candidato a Doctor de esta casa de estudios. Profesor de Derecho Civil, Comercial y Procesal en Pregrado y Postgrado en la Universidad Externado De Colombia. Se ha desempeñado como: Abogado Asistente de Asesores Jurídicos y Económicos, Abogado de Lozano Morales Abogados, Abogado, Asesor Superintendente Delegado para Procedimientos Mercantiles. Jefe de Concordatos. Jefe Oficina Jurídica. Superintendente Delegado para los Procedimientos Mercantiles de la Superintendencia de Sociedades; Secretario de la Comisión de Reforma al Régimen de Procedimientos Mercantiles Ley 222 de 1995, Miembro Instituto Colombiano de Derecho Procesal e Instituto Iberoamericano de Insolvencia, Árbitro del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá. Actualmente ejerce como Profesional Independiente. Abogado Consultor y Asesor.


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