Teoría general del derecho
La teoría general del derecho que aquí se tratará es la disciplina que, en el seno de la filosofía del derecho, tiene por objeto permi tir un trabajo científico sobre el derecho. Es evidente que los términos que se acaban de emplear deberán precisarse mejor, pues su uso por juristas y filósofos es relativamente fluctuante. Desde ahora se le advierte al lector que la concepción de la teoría general del derecho así producida tiene definiciones concurrentes, pues estas reposan sobre otros fundamentos. De ahí que a quien proponga cierta concepción de esta disciplina le corresponde siempre justificar su aproximación a ella.
Dentro de la perspectiva retenida para efectos de este trabajo, el objeto de la teoría general del derecho no es (de inmediato) el derecho, sino más bien el discurso producido a propósito del derecho, llamado dogmática jurídica o doctrina. Esta última expresión no reenvía a un cuerpo profesionalizado, en particular universitario, pues más bien designa un conjunto de opiniones que tienen por objeto el derecho, sea lo que fuere que se entiende por tal y cualquiera que sea el esta tus de quien emite dichas opiniones. La teoría general del derecho busca darle claridad al lenguaje doctrinal. Para esto, aquella
TíTULO I
TEORIA DEL CONOCIMIENTO DEL DERECHO
CAPITULO I Una teoría de la ciencia del derecho
SECCIÓN 1 Distinciones
I. Filosofía y ciencia
A. Algunos problemas ligados al conocimiento jurídico
B. La construcción clásica de la separación entre ciencia y filosofía C. La redefinición de la filosofía (analítica) como teoría de la ciencia
n. Derecho y ciencia del derecho
A. Características del derecho como producto de la voluntad
B. Características de la ciencia del derecho como producción de un saber
C. Dos evaluaciones diferentes
D. Tres razones para una ciencia del derecho
SECCIÓN 2 La ciencia del derecho construye su objeto I. El campo de una ciencia del derecho
A. La limitación al derecho positivo
B. Una cuestión indecidible
Il. El concepto de derecho
A. La estipulación de una definición
B. Una posición práctica
ÉRIC MILLARD
CAPíTULO IIUn método analítico
SECCIÓN I Diversidad y complementariedad de saberes
I. Ciencias que tienen el derecho como objeto
II. La ciencia del derecho como ciencia específica
A. Especificidad del campo
B. Especificidad del método
SECCIÓN 2 La formalización científica
I. La elaboración de un lenguaje de la descripción
II. La adopción de protocolos de argumentación
SECCIÓN 3 El análisis crítico del lenguaje %
I. Un objeto de estudio lingüístico
II. La crítica a los discursos que se consideran jurídicos
TITULO IIGRANDES CUESTIONES TEÓRICAS
CAPiTULO I Cuatro teorías de la validez
SECCIÓN ILa concepción de Kelsen
I. Estática y dinámica del derecho
II. La teoría de la jerarquía de normas
III. La ficción de la norma fundamental SECCIÓN 2 La concepción de Ross lit
SECCIÓN 3 La concepción de Hart III
SECCIÓN 4 La concepción de Bobbio
CAPITULO II Dos teorías de la interpretación
SECCIÓN 1 Teoría de la interpretación-conocimiento
I. Determinar el sentido de los enunciados II. Métodos científicos de la interpretación
III. Alcance de la interpretación científica
SECCIÓN 2 Teoría de la interpretación-voluntad
CAPITULO IIIUna teoría de las fuentes del derecho SECCIÓN I Formalización I. Punto de partida II. Distinciones A. Los actos de concretización B. Las normas C. La ciencia del derecho
D. El derecho III. Reformulación
SECCIÓN 2 Tipología 1. Presentación
A. Las fuentes formalizadas B. Las fuentes "conformalizadas"
C. Las fuentes "informalizadas"
II. Criterio y alcance
CAPITULO IV
Una teoría de la imputación y una teoría de la causalidad La concepción normativista de la imputación
SECCIÓN 2 La concepción empirista de la causalidad
SECCIÓN 3 La teoría de los condicionamientos jurídicos (contraintes juridiques)
ÉRIC MILLARD SECCIÓN 4 Por una teoría de la regularidad jurídica íNDICE ALFABÉTICO
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