La violencia y el acoso laboral en Colombia

Análisis crítico de la ley 1010 de 2006 a partir del convenio 190 de la OIT y el Derecho Comparado

Seleccione un formato
eBook
$12.000
Acceso online + offline
Impreso
$20.000
3 Unidades disponibles
Impreso bajo demanda
$86.789
Recibe de 1 a 3 días hábiles

La violencia en el lugar de trabajo se ha convertido en un problema de índole mundial, que ha adquirido gran importancia en los últimos años. En la actualidad, se trata de una preocupación prioritaria, tanto en los países industrializados como en los países en desarrollo, lo cual ha ocasionado que algunos organismos internacionales se ocupen de su estudio y tratamiento (Martínez Cárdenas & Ramírez Mora, 2012). Es el caso de la Organización Internacional del Trabajo (oit), que en el marco de su centésimo aniversario dio vida al Convenio 190 y a la Recomendación 206, ambos de 2019, primeras normas internacionales cuyo objetivo es poner fin a la violencia y al acoso laboral, abordando el fenómeno desde un enfoque inclusivo que brinda una protección integral para las víctimas de estas conductas (Organización Internacional del Trabajo [oit], Convenio 190 de 2019, Prefacio). En Colombia, el acoso laboral es un fenómeno latente. De acuerdo con un estudio de la Universidad Libre (30 de agosto de 2018), en el primer semestre de 2018 se reportaron 1.406 casos en el país, en su mayoría provenientes de la capital, donde se pasó de 492 casos en 2017 a 972 en 2018; es decir, hubo un incremento del 45 % solo en Bogotá. Para Rocío Niño, profesora de la Facultad de Derecho de esa institución, el 70 % de las víctimas no denuncian por miedo a perder su trabajo o por ignorancia, dado que siete de cada diez empleados desconocen la Ley 1010 de 2006 (Universidad Libre, 30 de agosto de 2018). Esta preceptiva es la denominada Ley de Acoso Laboral, mediante la cual se establecen medidas preventivas, correctivas y sancionatorias en contra de toda clase de agresión, maltrato o ataque a la dignidad humana perpetrado hacia quienes prestan sus servicios en el marco de una relación de trabajo subordinado en una institución, sea privada o pública (artículo 1.º, Ley 1010 de 2006). Una vez se expone el estado de la cuestión, esta investigación se centra en analizar si las normas internacionales, especialmente los tratados sobre violencia y acoso laboral, son una normativa más garantista en beneficio de la víctima de estas conductas y en relación con la legislación interna colombiana. Importa resaltar que el trabajo investigativo únicamente versará sobre las problemáticas suscitadas en la regulación del acoso laboral en el ámbito de las relaciones privadas y no de las públicas, toda vez que la Ley 1010 de 2006 presenta una bifurcación en el procedimiento sancionatorio, que trae ciertas especificidades para el sector público, las cuales ameritan un análisis y estudio particular. La hipótesis en esta investigación gira alrededor de la ineficacia intrínseca de la Ley 1010 de 2006 en reconocer la condición de víctima de quien es objeto de conductas propias de violencia y acoso laboral. Por consiguiente, en aras de dignificar a la víctima, es decir, de ofrecer una protección material y respaldarla como médula de la normatividad nacional, se debe incorporar a ella todas las garantías dispuestas en las normas internacionales, en especial los convenios internacionales del trabajo y sus recomendaciones, hacia el propósito de restructurar y reinterpretar la legislación vigente sobre acoso laboral. Con dicho objetivo en mente, es menester aunar a las normas internacionales un estudio de derecho comparado que permita llevar a cabo una restructuración completa de los mecanismos de protección contra la violencia y el acoso laboral.

Violence in the workplace has become a global problem, which has acquired great importance in recent years. Currently, it is a priority concern, both in industrialized and developing countries, which has caused some international organizations to deal with its study and treatment (Martínez Cárdenas & Ramírez Mora, 2012). This is the case of the International Labor Organization (ILO), which within the framework of its hundredth anniversary gave life to Convention 190 and Recommendation 206, both from 2019, the first international standards whose objective is to put an end to workplace violence and harassment. .

Contenido 

Introducción 11 

1.La violencia y el acoso laboral 13

1.1. Concepto y generalidades 13 

1.1.1. Perspectivas de la noción de acoso laboral 13 

1.1.2. Causas del acoso laboral 15 

1.1.3. Consecuencias del acoso laboral 15 

1.1.4. Características de la conducta 16 

1.2. La Ley 1010 de 2006 17 

1.2.1. Aciertos de la legislación 18 

1.2.2. Críticas y deficiencias de la legislación 20 

1.2.3. Desarrollo jurisprudencial 25 

2. Adopción de un mecanismo de protección integral dirigido a la víctima 31 

2.1. El Convenio 190 de 2019 y la Recomendación 206 31 

2.1.1. La función interpretativa de las normas internacionales  del trabajo en el derecho interno 32 

2.1.2. El control de convencionalidad 35 

2.2. Replanteamiento del concepto de violencia y acoso laboral:  elementos esenciales 37 

2.2.1. La protección de otras formas de trabajo 38 

2.2.2. La eliminación del requisito de persistencia  para la configuración de la conducta 39 

2.2.3. Sobre el carácter demostrable de la conducta 40 

2.2.4. Protección contra el acoso antes, durante y después  de la relación laboral 43 

2.2.5. Sobre los escenarios en los que se puede presentar  la conducta 44 

2.3. Mecanismos de protección a las víctimas de acoso laboral 45 

2.3.1. Mecanismos de prevención 45 

2.3.2. Mecanismos de corrección 58 

2.3.3. Mecanismos de sanción 62

2.4. La reparación integral del daño como garantía de protección  a las víctimas de acoso laboral 67 

2.4.1. La debilidad del proceso especial de acoso laboral 67 

2.4.2. La reparación integral del daño 69 

Conclusiones 83 

Referencias bibliográficas 87


eBook

Impreso bajo demanda

Impreso

LAW000000 LEY > General
LAW000000 Teoría general del derecho
LAW000000 Sociología y Antropología > Ley > Ley
  1. Nombre
    • Daniela Gómez Cetina


    • Abogada de la Universidad Externado de Colombia y especialista en Derecho Laboral y Relaciones Industriales de la misma universidad. Actualmente se encuentra cursando la Maestría en Derecho del Trabajo, Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. Es coautora de diversas publicaciones en derecho laboral y se desempeña como investigadora en el Centro de Estudios en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

  2. Nombre
    • María Camila Machado Martínez


    • Abogada de la Universidad Externado de Colombia. Estudiante de la Especialización en Derecho Laboral y Relaciones Industriales e investigadora en el Centro de Estudios en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Externado de Colombia. Cuenta con experiencia en asesoría y consultoría en derecho laboral y de la seguridad social.


Escribir su propia opinión
Solo usuarios registrados pueden escribir comentarios. Por favor, iniciar sesión o crear una cuenta

Publicaciones relacionados